jueves, 29 de enero de 2015

CAMBIOS DE CURSO Y PUENTES EN EL GOBELA


Los puentes sobre el Gobela, ya desde los tempranos años de 1772, era un tema que preocupaba a nuestros antepasados. El cambio de curso del río, las grandes avenidas, los temporales, y la endeblez de aquellas construcciones, que permitían el paso de carros y caballerías, con sus mercaderías, entre aquel incipiente Romo y Areeta-Las Arenas, empezaban a hacer notorio que los cambios realizados, creaban innumerables problemas para la población. 
 
Es precisamente una comunicación del 15 de marzo de 1772, la que nos da luz sobre esos hechos en un escrito dirigido a la “M.N. y M.L. Casa de Contratación de la Ante Villa de Bilbao”. Ese escrito lo firmaban los Fieles Regidores y vecinos de la, también, “Noble Anteiglesia de Guecho”, en ella señalaban: “...Se hizo en el año próximo pasado, un puente de madera en los arenales de esta Ante Iglesia para el transito de carros...”. En dicho escrito entonaban un mea culpa por no haberlo confeccionado protegiendo el lado norte del mismo, al que tanto las aguas vivas, como las mareas afectaban, sobre todo en los momentos de la pleamar, haciendo intransitable aquel puente. Firmaba ese escrito, entre otros D. Juan Bautista de Arias. 

  
Ya desde mediados del siglo XVI se decía, (refiriéndose a los vientos en aquella época), que debían dar gran movilidad a las dunas situadas a la derecha de la embocadura de la ría: “...prueba de lo mucho que les preocupaba el río Gobela, que serpentea por ellas, de modo que cuando entran los vientos sures, que tan recios azotan en este país, irían masas considerables de arenas alcance de la ría...”, pero no menos problemáticas eran las del N.O., de las que se día: “...las fuerzas que acarrean sus arenas hacia la punta del muelle de la derecha, donde las que quedan al abrigo de las marejadas y vientos del N. O. ya no vuelven a su anterior posición...”. 
 
El Prior Consular y Consiliarios de “Universidad y Casa de Contratación de la Villa de Bilbao”, el 31 de agosto de 1772, se daban por enterados y asumían las reparaciones, por la potestad que para resolver diversos asuntos relacionados con el tránsito de mercaderías, ya les tenía conferidos desde lejanos tiempos, algunas de las cuales venían recogidas en las Ordenanzas de la “Ilustre Universidad y Casa de Contratación de M.N. y M.L. Villa de Bilbao” en 1737. Y precisamente en aquellas cartas se decía: “..el Prior y Cónsules, usando de la jurisdicción, que por ellos se les da...,...tienen de ordenanza, privativamente de todos los pleitos y diferencias...,...han de tener en todo cuidado...,...administraran justicia a todas las personas que ante ellos vinieren a pedirlas...”. 

  
El 29 de diciembre de 1772 continuaban las solicitudes para el arreglo de aquel puente, en un nuevo escrito se decía: “...al puente de los Arenales, para pasar carros, la avenida de aguas le ha quitado mucha parte de arenas, por el lado del norte, por ese motivo se halla intransitable...”. Finalmente los fieles regidores en 1773 volvían a hacer hincapié en la necesidad de reparar dicho puente, y recordaban que: “...en el curso de más de 40 años tenía la Ante Iglesia un puente de piedra sobre el río llamado Gobela, para el transito de gentes y de la caballería, y con ocasión de haber dado diferente curso al río, ordenado por de su ilustre Casa de Contratación, construyéndose un puente de madera en los arenales de esta Ante Iglesia...”. 
 
Al parecer en el siguiente invierno se vio precisado el consistorio de Getxo, a reedificar el puente de piedra, cuyo importe ascendió a más de 6000 reales, ya que el de madera había quedado intransitable. Ambos puentes finalmente destruidos, dejaban la zona a merced de las bravías aguas del río, y de los juncales que llenaban la zona, impidiendo el paso de los vecinos, quienes temerosos de perder sus vidas en el intento, permanecían aislados a ambos lados de la corriente. Estimaban los regidores que la reconstrucción del nuevo puente de madera, no solucionaría, ya que el cambio del curso del río confería a sus aguas una violencia en su velocidad, en las bajamares, que arrastraba hacia la playa todo cuanto encontraba a su paso. Solicitaban que se reedificara el puente de piedra y que el Síndico realizara una visita para evaluar y ordenar su reconstrucción. El día 10 de marzo de 1773 la Junta del Consulado resolvió y acordó reponer aquel puente, que facilitaba el transito de gentes y carretas, a través del, entonces, impetuoso río Gobela. 

  
El Gobela seguiría viendo construir más puentes, pero sus aguas nos dejarían, a lo largo de los años, inundaciones, muchas de ellas graves, que quizá aquel cambio de curso, dejó como herencia de las apetencias desbordadas de nuevas áreas de negocio. Más tarde, en 1847 volverían a reproducirse los problemas de tránsito entre Romo y Areeta-Las Arenas, pero esa historia ya la conté en mi entrada del 30 de octubre del 2013 “Los Puentes del Gobela -I-”.Las fotografías de los puentes que acompañan a esta entrada no corresponden a la época descrita, pero nos dan una idea de los mismos.


lunes, 26 de enero de 2015

ALGORTA A TRAVÉS DE UN LIBRO


Algorta a través de un libro, fotografías del barrio, que empezó por el Puerto Viejo y ahora avanza decidida por todas las calles del mismo (Comporte, La Cadena, Villamonte, El Castillo,...), sus gentes, todos sus rincones, esas imágenes que Miren Larrea supo retratar. Gracias a las que hoy podemos disfrutar, de la mano de Begoña Salazar “La Navarra”, de unos magníficos álbumes, decorados por esta Altsasuarra asentada en este bello rincón marinero.


Begoña Salazar comenzó a elaborar este tipo de álbumes en el 2005, en su Altsasu natal, en su primera exposición, celebrada en un centro cultural, presentó ciento veinte libros, de esa población Navarra. Del Puerto Viejo tiene ya hechos una treintena y en preparación otros diez, los cuales comenzó a realizar en el 2009.


Desde hace unos meses expone sus libros en dos comercios de Algorta, en la zapatería, situada en la galería que comunica las calles Zabala con Torrene, y en el bar “Las Barrenas”, antiguo “Isidro”. Precisamente el día 22 de enero (jueves) ETB realizó una entrevista sobre esos hijos suyos; en medio de un cordial ambiente, un grupo de amigos apoyaron a esta artista navarra. Durante esa distendida reunión, Begoña comentaba, que a pesar que a ella le gustan más los libros en los que se mezcla textos y fotografías, en el caso de los actuales, a optado por incluir solo retratos “...me he dado cuenta que a la gente lo que le gusta es mirar las imágenes rápidamente, sin detenerse en la literatura...”.


En las fotografías que acompañan a esta pequeña entrada se puede ver alguno de esos momentos. Acompañan a esta entrada otras fotografías de algunas de sus exposiciones en fiestas de Algorta. Esperemos poder disfrutar próximamente de esas nuevas entregas, en las que nuevamente se incluirán imágenes de Algorta.


viernes, 23 de enero de 2015

LOS INTENTOS DE SEGREGACIÓN DE AREETA-LAS ARENAS y -III-


Continuando con las ansias secesionistas del barrio de Areeta-Las Arenas, hoy traigo a estas paginas los hechos que acontecieron a partir de principios del Siglo XX.

Aquella marejada tuvo su continuidad, ya que el 10 de julio de 1905 aparecía insertado en “El Noticiero Bilbaino”, el siguiente acuerdo municipal, referido a la posible “Segregación de Las Arenas”, y que citaba la consulta que había realizado a la “Excelentísima Diputación de Vizcaya”, la cual empezaba así: “...Si acontecimientos de importancia y gravedad indiscutibles no amenazaran interrumpir la labor administrativa..., ciertamente que no había de molestar la atención de V. E....,...rogándole que en aras de la paz que es base de todo progreso...”. Quedaba claro con el encabezamiento que el Alcalde interino de Getxo Francisco Libano, expresaba con contundencia la gravedad de aquella posible decisión que iba a afectar al Municipio de Getxo.
 
No obstante, el consistorio recordaba a raíz de aquellos hechos, se había producido el nombramiento de una Junta de Reformas compuesta por el segundo teniente de alcalde, el arquitecto municipal, dos señores de la Junta de Reformas que hizo la solicitud el 4 de Mayo y otros dos miembros, también propietarios, no pertenecientes a dicha junta. Motivaba aquel nombramiento por que: “...no todos en Las Arenas estaban conformes con las mejoras propuestas por la citada Junta de Reformas, pues había en el barrio quienes no se cansaban de decir que se daba excesiva preferencia a la zona de Santa Ana, con prejuicio de la populosa zona central...”. 
 
Seguía aquel escrito explicando que pese a la voluntad del consistorio por realizar a la mayor brevedad aquellas reformas, acortando los tiempos dentro de lo legalmente posible, se debían de cumplimentar las condiciones de proyecto, contratación y difusión pública establecidas por la Ley. Lo que impedía salvo en el caso de algunos proyectos ya avanzados, a retrasar hasta el próximo verano parte de aquellas obras, por ser esta la época adecuada para la realización de aquellos trabajos. 

 
El Ayuntamiento exponía que: “..se suponía que siendo los solicitantes, personas ilustradas, bastaba con apuntar la imposibilidad de tramitar los expedientes con la rapidez necesaria para que las obras se ejecutasen en este verano...”. Al parecer, según el consistorio, las obras proyectadas tenían que ser objeto de un presupuesto adicional, que, según ley articulo 142 de la Ley municipal, especificaba que: “...los presupuestos extraordinarios se formaban y tramitaban por el mismo procedimiento determinado para los ordinarios , y que para realizar todo esto es necesario tiempo...”. Continuaban con un tono ciertamente irónico, desgajando los motivos legales y técnicos que impedían realizar las obras aquel verano. Lo que al parecer se había interpretado en el sentido equivocado de “dar largas”; alegaba otras aviesas interpretaciones como que las reformas que se iban a incluir en los próximos presupuestos, había quien las interpretaba como que: “...no se admiten las cantidades ofrecidas para el empréstito, y que las mismas se harán a paso de carreta con recursos ordinarios...”. Al enterarse del contenido del oficio llevó al Sr. Adolfo G. Urquijo a exclamar: “...!!Se impone la desanexión de Las Arenas!!...”; aquellas palabras causaron estupor en el Ayuntamiento, sus propias palabras aclaraban aquel estado de animo: “...!!Estupefacto quedó el Ayuntamiento al enterarse de que sin motivo que lo justifique se haya dado ese grito separatista!!...”. 
 
Sin embargo de todas aquellas “maquinaciones”, lo que más llamaba la atención al consistorio de Getxo era que, se había enterado por la prensa que: “...la Junta o reunión en la que se pidió la Segregación se había realizado en el Palacio Provincial de Vizcaya...,...que fue presidida por el citado Sr. Urquijo...”. !!LAS ESPADAS SEGUÍAN EN ALTO!!

 
Y el Ayuntamiento de Getxo decía en aquel pronunciamiento “...todo lo que después del estudio se conceda a Las Arenas podrá entenderse como señal de debilidad...”. No obstante el consistorio se comprometía, dando su solemne palabra a: “...estudiar lo que reclame el interés del barrio y de incluir en el presupuesto ordinario la cantidad necesaria para ejecutar las mejoras...”. Aceptaba que las circunstancias se antojaban difíciles, reflexionaba públicamente !!El Ayuntamiento no debe aparecer débil ni debe ser informal!!, y se preguntaba ¿Qué hacer?. 
 
¿Qué hacer?, vieja pregunta, ¿Hay que decir lo que existe, reconocer la verdad?. Parece sacada, por la época, de una reflexión de un viejo revolucionario. Aquel Ayuntamiento siguió preguntándose en público: “...¿De continuar los trabajos separatistas la Excelentisima Diputación, resolverá el expediente de segregación?...,...¿al frente de esa Excelentísima Diputación seguirá la misma personalidad que preside y dirige el movimiento de segregación?...”. Y preguntaba al Diputado General “...¿No dejara V. E. de reconocer que no se trata de una segregación vulgar y corriente?...”, y exclamaba: “...!!Ya que, Guecho no es un pueblo insignificante, por sus ingresos se halla en cuarto lugar entre los de Vizcaya, despues de Bilbao, Baracaldo y Sestao!!...”.
Finalizaba afirmando: “...El Ayuntamiento de Guecho quiere escribir la última pagina de su historia, si es que verdaderamente ha llegado la hora de escribirla, con la misma dignidad que ha escrito las demás...”, le pedía que le aconsejara sobre los pasos a dar. Y finalizaba con dos preguntas: “...¿Debe el Ayuntamiento de Guecho el estudio de las reformas solicitadas, haciendo caso omiso de las amenazas?...,...¿Debe por el contrario suspender todo procedimiento hasta que situaciones más despejaas permitan ver con claridad el aspecto que ofrece el problema?...”. Y finalizaba con una pregunta envenenada para el Diputado General: “...Planteado el dilema, la Excelentísima Diputación por patriotismo y en evitación de que la vida municipal se convierta en una lucha de represalias, ¿No negará al Ayuntamiento su sabio consejo?...”. 

 
El 17 de julio se recibía la contestación, que en este caso también era “dar largas” y no definirse en la pugna, que también era definirse. Afortunadamente aquella segregación no se llegó a producir y hoy nuestro barrio junto a los de Algorta, Romo, Neguri y Getxo forma parte de nuestro municipio. Pero la pregunta sigue en alto ¿Hay que decir lo que existe, reconocer la verdad?, en definitiva atender a los ciudadanos en sus legitimas demandas. Con este articulo, que complementa a los anteriormente publicados en este Blog, doy por terminado este tema, salvo que revisando archivos aparezcan nuevos datos, que nos aclaren y de más luz a esa pequeña revolución, que tendría muchas componentes, tanto personales como reivindicativas del barrio afectado.

miércoles, 21 de enero de 2015

LOS INTENTOS DE SEGREGACIÓN DE AREETA-LAS ARENAS -II-


Como ya mencionaba en mis entradas del martes 22 de enero del 2013, que titulaba “Un himno independentista en el barrio de Las Arenas” y en la del lunes 18 de noviembre del 2013 que titulaba “Los Intentos de Segregación de Areeta Las Arenas”, en los que se trataban de las ansias de segregación del barrio del resto de Getxo, debido, según decían en el lejano 1888, “...por la poca atención que se prestaba por parte del Ayuntamiento a sus moradores...”. Otros creyeron ver en aquel intento intereses especulativos por parte de una adinerada familia del barrio. 
 
La marejada segregacionista surge el 23 de enero de 1888, de manos de Eduardo Aguirre Labroche, hijo del industrial bilbaíno Máximo Aguirre Ugarte, impulsor de la transformación de las Vegas de Areeta-Las Arenas y de Lamiako, cuando su hijo Eduardo Aguirre Labroche Diputado a Cortes, presentó la propuesta de la segregación del barrio de Las Arenas para constituirse en un municipio independiente. 
 
Para los concejales que más tarde citaré, la propuesta fue a su decir: “...de una gravedad inusitada, injusta y fundada solamente en acusaciones gratuitas...”. Lo que les llevó a solicitar el amparo de la Diputación Provincial de Bizkaia, pues argumentaban que “...de llevarse a efecto crearía perturbación y desquicio en todos los municipios de la provincia...”. Los munícipes que firmaron aquella petición fueron: Idelfonso Arrola (Regidor), Irineo Ramón Diliz (Síndico), Pedro Bonifacio Sarría, José María Aizpiri, Mateo Ajuria, León Beitia, José Camiruaga, José de Bilbao, Eulalio Madariaga, José Antonio Icaza, Juan de Arrieta, Victor Aresti y José de Abarrategui. 

 
El 15 de Marzo el consistorio getxotarra se dirigía en un escrito firmado por el síndico municipal, a la Diputación Provincial de Bizkaia, solicitando que se expediera una certificación que constara lo siguiente: “...que a pasar de lo dispuesto en en el artículo 7º de la la Ley Municipal de 1877, ni esa comisión ni la Excelentísima Diputación Provincial de Vizcaya han intervenido ni tiene conocimiento oficial de ningún expediente relacionado con la segregación del barrio de Las Arenas del Municipio de Guecho...”, agregaban a continuación: “...toda vez que, como V. E. no ignora, estos hechos son indiscutiblemente exactos y pueden indicar que las atribuciones de la Excelentísima Diputación han sido desconocidas, probablemente por ignorancia, pues el barrio de Las Arenas ha hecho caso omiso del citado Articulo 7º de la Ley Municipal...,...no dudando que V. E. accederá a nuestro deseo, que es el que unánimemente tienen los barrios de Guecho y Algorta...”. La Comisión Provincial tomaba el acuerdo de expedir aquella certificación el 2 de marzo de 1888. 
 
El 4 de mayo la denominada “Junta de Reformas de Las Arenas”, en un escrito remitido al Ayuntamiento por Adolfo G. de Urquijo en calidad de presidente de la misma, solicitaba que se llevaran a cabo una serie de mejoras en el barrio, las cuales indicaba en un documento adjunto, con su correspondiente presupuesto.
El 30 de junio de 1888 en una reunión celebrada por la Comisión de Vecinos y Propietarios, bajo la presidencia del Sr. Aburto, y según decían: “...animados todos por los mayores deseos de conciliación...”, acordaron por unanimidad, en virtud de las facultades que les fueron concedidas en la Junta General del 20 de junio, aprobar las bases de un arreglo con la municipalidad, por la que reformaban otras ya aprobadas con antelación y que incluían los siguientes términos: “...Se levantará un empréstito por el Ayuntamiento de Guecho con destino a reformas y mejoras del barrio de Las Arenas de 70.000 pesetas...”. Dicho empréstito sería amortizado en el espacio de 25 años, en el quedaba afecta la cantidad de 5.000 pesetas anuales con cargo a la recaudación de arbitrios en Las Arenas. Del mismo debía responder aquel barrio hasta su completa amortización, aún el caso de que obtuviera su segregación, entendiéndose que en caso de llegar la misma antes de su amortización, cesaría completamente la obligación del Municipio de Getxo, y quedarían sujetos a arbitrios exclusivamente los vecinos de aquel barrio. 
 
Tras la lectura del acta, acordaron: 1º Que se pusiera el mismo en conocimiento de Eduardo Aguirre; 2º Notificar el nombramiento de la Comisión para aquellas bases a los Sres. Aburto, Arellano, Olabarri, Uirbarri, Nieto, Lorente y Ajuria, elegidos por al Junta General del último 20 de junio; 3º Se establecían unas obligaciones, en base al empréstito, por las que los tenedores de las mismas pudieran hacer uso, contra el barrio de Las Arenas. 

 
El 18 de agosto de 1888, en sesión ordinaria, daba cuenta del expediente formado a consecuencia del Proyecto de Ley presentado en las Cortes del Reino para la segregación del barrio de Las Arenas del Municipio de Getxo, y del acta comprensiva de las bases acordadas por la comisión de vecinos y propietarios de dicho barrio el día 30 de junio de 1888. En la misma, tras tener en cuenta los antecedentes, las bases referidas y tras una amplia discusión, hacían constar lo siguiente: “...este Ayuntamiento ha puesto en juego todos los medios lícitos y honrados que podía disponer para evitar a todo trance la separación de aquel barrio y para atenuar o moderar hasta donde ha sido posible, las aspiraciones de los vecinos y propietarios del mismo, que pudieran traer perturbaciones a la administración municipal y por evitar un mal mayor cual se considera el de la separación...”. En aquella sesión se hacia constar el acuerdo alcanzado. El Consistorio de Guecho, tomaba nota de aquella protesta suscitada por lo que aparentemente era una desatención hacia el barrio de Las Arenas, mediante aquel empréstito se disponía a realizar en el barrio diversas obras de caminos peatiles y/o andenes.

En la próxima entrada veremos la continuación de aquellos impetus secesionistas, que se volverían a reproducir en 1905, aunque quizá sea más correcto decir que continuaron con más fuerza.

lunes, 19 de enero de 2015

UN NUEVO CUENTO DE J.J. RAPHA BILBAO

DE REGRESO A MARÍAS

J. J. Rapha Bilbao ha publicado, un nuevo cuento. Como siempre acompañado de los dibujos de Alex Orbe, que gráficamente nos aproximan a esta imaginaria historia.

En esta ocasión J.J. Rapha nos recuerda: “Con este cuento remato lo que se ha convertido en una pequeña novela por entregas. Con la siguiente narración "Los irrintzis de Pepa Kalota" recuperamos el aire y la libertad”.

viernes, 16 de enero de 2015

LAS CONGRUAS DE GETXO


Las “Congruas Curales” eran las rentas que los oficios de eclesiástico, civil o de una capellanía requerían para el sostenimiento de su titular. En 1825 se establecían unos “arreglos” de dichas congruas beneficiales, dotación de fábrica y reunión de capellanías de la Anteiglesia de Getxo. 
 
D. Diego Antonio de Basaguren, Secretario Perpetuo de Gobierno del “M.N. y M.L. Señorio de Vizcaya” y de su Junta Superior de Sanidad, certificaba varias disposiciones dadas por aquella Real Cámara, conformándose el plan de Congruas Beneficiales, dotación de fabricas y reunión de capellanias del “Señorio de Vizcaya”, las cuales pertenecían en esos años a la Diócesis de Calahorra y la Calzada. El 6 de mayo de 1819, previo dictamen del Sindico Procurador General del Señorio, se dio orden a los Ayuntamientos y Pueblos, para la realización de los arreglos parciales de las iglesias. 
 
Antes de continuar me gustaría aclarar, para quien pueda no conocerlo, algunas de las funciones a las que se refiere este articulo:
 
Se conocía como “Fábrica” a la parte encargada de administrar los bienes y economía de las parroquias. En sus inicios, el término se refería a la construcción del templo. Pero poco a poco, se empezó a usar en un sentido más amplio y terminó designando las rentas necesarias para el mantenimiento del templo parroquial, las reparaciones del mismo y el sostenimiento del culto. 
 
El Mayordomo de fábrica era el máximo responsable de la administración económica de cada parroquia. Para el cargo de mayordomo se escogía un feligrés distinguido, que tuviera un patrimonio económico significativo. 
 
El Cabildo eclesiástico era el responsable de todos los asuntos relacionados con el gobierno eclesiástico, los diezmos, el culto divino. 
 
Las Capellanias tenían la doble finalidad de contribuir a la salvación del alma de sus fundadores y de generar una renta, a partir de la cual se mantenía un capellán, de forma vitalicia. 

 
El 18 de Junio de 1824, se redactaba una Real Orden por parte del Dr. D. Cornelio Ibarrondo (Presbítero Provisor y Vicario General) del Obispado de Calahorra y la Calzada, para el arreglo de otras iglesias de Bizkaia, entre ellas la de Markina Jemein. Los Patronatos de Fábrica también eran contemplados en esas reales ordenes (las cuales recogían las prerrogativas que correspondían a quienes habían fundado o dotado iglesias), dando gran importancia a la ornamentación y “estado de decencia” de las mismas, así decían: “...los Patronos llevaderos de diezmos de los distritos campaniles de sus patronatos que no han estado suficientemente dotadas...”. Por lo que ordenaban que de inmediato se proveyera a las mismas de todo lo necesario: “...vasos sagrados, decencia interior de iglesias y sacristías, retejos...,...no pudiéndose destinar parte alguna de los fondos de las fabricas, en otras obras distintas del adorno interior de los templos...”. 
 
Así que fijaban las normas por las que se debían observar dichas ordenes, y se asignaba a los Patronos y sus representantes el control de las cuentas, las cuales: “...han de ser franqueadas cuando las pidan con las competentes seguridades...”. Y establecía que en cada iglesia debía de haber dos Mayordomos de Fabrica, uno eclesiástico y otro secular, los cuales serían nombrados cada año; con la responsabilidad de la administración de los fondos y su inversión, dacion de cuentas, y asegurar los caudales “...fueran de mucha o poca cantidad...”. 
 
En el segundo capitulo de aquellas reales ordenes se hablaba de “Los Curatos”, a quienes se les atribuía la misión de: “...la cura de almas, enseñar la doctrina cristiana, explicar el Santo Evangelio en todos los domingos, días festivos y demás en que debe hacerse, administrar el Viático y la extremaunción a los enfermos, auxiliar a los moribundos, administrar los sacramentos matrimonio y bautismo...”, hacían hincapié en “...corregir los escándalos y pecados públicos...”. 
 
En el tercero hablaban de los “Cabildos y Beneficiados”, a quienes se les atribuía: “...la obligación rigurosa de celebrar en sus respectivas iglesias la misa temprana y las demás; a quienes no poseyeran el titulo de cura de almas, el cumplimiento de la obligaciones que les son impuestas por derecho...”. Otra de sus obligaciones, a la que se daba gran importancia era el Confesionario, se les encomendaba: “...lo ejecuten temprano, sentándose en el confesionario de madrugada y permaneciendo en el hasta que no haya quién quiera confesarse...”, para ello debían de estar al corriente de las licencias de confesar. Para obtenerlas debían de acudir al Obispado para refrendarlas. En caso de no hacerlo perdían la tercera parte de los frutos del beneficio que la fábrica eclesiástica les otorgaba. 

 
Respecto a las “Capellanias”,en las que unos tenían la obligación de residir formal y materialmente en la iglesia de dicha fundación, siempre que las mismas estuvieran suficientemente dotadas. Así los poseedores de las mismas, que por incongruas habían de unirse en los arreglos de las iglesias, tenían la obligación de vivir en ellas, con la obligación de asistir a las primeras y segundas vísperas, y las misas populares de los domingos y festivos. Era el objetivo de la unión de las Capellanias incongruales, el mejor servicio a la iglesia y el cumplimiento de la voluntad de sus fundadores, e impedir la reunión perjudicial para el fin propuesto.
Entre estas disposiciones se mencionaba a las iglesias de nuestro Municipio. Se afirmaba que: “...En la Ante-Iglesia de Guecho hay dos parroquias: La una dedicada a Santa María que es la matriz y se compone de 590 parroquianos, que habitan en caserías que distan de la iglesia unas siete leguas como media...,...la otra, la auxiliar de San Nicolas en el barrio y puerto de Algorta tiene 1107 parroquianos en población reunida...”. Se decía de ambas que estaban dotadas de cuatro ministros, tres servían en la primera y uno en la segunda, todos ellos con la obligación de vivir en sus respectivas iglesias. En ambas, la de Santa Maria, ejercían el cargo de cura de almas, con titulo otorgado por el Sr. Obispo. Tenían como dotación: “...los 88 reales con que contribuye el patrono, y por derechos de estola y manual 3 reales en cada bautismo y 20 en cada casamiento...”. Al parecer aquella dotación se consideraba insuficiente, por lo que se les dotaba para el de la primera (Andra Mari) de: “...10 fanegas de trigo y 30 fanegas de maiz...”, y para el de la segunda (Algorta) de: “...20 fanegas de trigo y otras 20 de maiz...”. 
 
Pero al parecer no eran los únicos ingresos de esas iglesias, ya que en algún pleito suscitado entre estos y el administrador del patrono ante el Tribunal Eclesiástico, se decía que: “...cada uno de los cuatro beneficiados percibe por cómputo de quinquenio veinte fanegas de trigo, sesenta fanegas (55,5 litros) de maiz y cien reales de vino de chacoli en todas las primicias, en diezmos antiguos de cuatro casa y en los novales, y otros ciento y cinco reales por el producto de siete peonadas de tierra...,...por derechos y emolumentos los cuatro beneficiados el sobrante de sesenta y un aniversarios de a treinta y dos reales con pensión de vigilia y misa diaconada por cada uno: por funerales de cada uno de ocho propietarios que por año del quinquenio mueren, se paga noventa y siete reales en dinero y quince en fanegas y media de trigo distribuidas en cinco años...”. Seguían enumerando aquellos tributos que recibían, esta vez se referían a lo percibido por honras fúnebres: “...por funerales de cada uno de diez o ocho inquilinos que mueren por año del quinquenio, dos fanegas de trigo y y cuarenta y cinco reales en dinero, y por cada uno de los seis entierros de párvulos ocho reales...”. 

 
A pesar de que aquellos emolumentos parecían más que apropiados, los vecinos apoyaban las peticiones de mejora de los “Beneficiados”. Y al menos, así lo recogía el escrito, afirmaban que: “...el pago de las 15 fanegas y media de trigo es por costumbre y hacen este sacrificio para que los Beneficiados puedan tener alguna subsistencia puesto que de otro modo les falta la congrua necesaria...”. No obstante la Junta recordaba que: “...siendo justa la petición, aquel impuesto era excesivo, ya que un gravamen de tanta consideración, que no habrá igual en el país, no debe de ser sufrido por unos feligreses que pagan los diezmos y primicias superabundantemente para la dotación de la iglesia y sus ministros...”. Al parecer, la salvación y el purgatorio influían mucho en las almas, para defender a sus pastores, a pesar de que aquellos gravámenes mermaban sus escasas cosechas. 
 
Y eran los feligreses de la iglesia auxiliar de San Nicolas del barrio y Puerto de Algorta quienes presentaban un nuevo ministro, mientras que el administrador del Patrono se oponía a la misma. Argumentaba el Patrono que: “...en el Plan dispuesto por el Ordinario Diocesano aprobado por la Real Camara en el año 1798, mandando que se erigiese en ayuda de parroquia la Ermita de San Nicolas, con residencia material y formal de uno de los cuatro beneficiados de ella que alargase y ensanchase dicha Ermita, y que el Patrono contribuyese a la Iglesia Matriz con 700 reales y a la aneja con 500 reales...”. Otro de los argumentos del patrono era: “... haberse convenido el Cabildo Eclesiástico y Cofradía de Mareantes en el año de 806 en que los tres beneficiados que quedaban en la iglesia matriz se encargarían de dar el pasto espiritual de los habitantes de 26 casas, las más distantes de la feligresía de Algorta...”. A pesar de ello parece que el numero cada vez más elevado de feligreses de Algorta, 1107 parroquianos, aconsejaba que la iglesia aneja se dotara de otro ministro. 
 
El Patrono llevador de diezmos a la iglesia matriz (Andra Mari), contribuía anualmente con 2500 reales de vellón, por lo que consideraba que de esa cantidad podía ayudarse a la aneja (San Nicolas). Al parecer aquello causaba problemas para la iglesia matriz y lo que llamaban “su decencia”, y decía que: “...se asignan para la aneja 1700 reales de vellón mientras un solo ministro la sirva, y para cuando se ponga el segundo 2000 reales...”. Se exhortaba que: “...no debía observarse el pago de quince fanegas y media de trigo por cada funeral de propietario, resultará la incongruidad de los cuatro beneficiados, como que cada uno de ellos solo tendrá la dotación de veinte fanegas de trigo y sesenta de maiz...”, al parecer para la decente subsistencia de estos se consideraba como idóneas: “...cuarenta y cinco fanegas de trigo y sesenta de maiz además de los otros derechos y emolumentos...”. 
 
Concluía con las obligaciones del Patrono, los Mayordomos de Fabrica, los Curas y Beneficiados, que estaban obligados a cumplir con lo establecido en los tres primeros capítulos mencionados con anterioridad. La Capellanía fue fundada en esa Iglesia por D. Juan de Villaberde y Dña. Maria Alonsa de Goicoechea, tenía una renta anual de 300 reales. Concluía aquel auto remitiéndolo a la Real Cámara para que en caso de merecer la aprobación fuera llevado inmediatamente a efecto, firmaba el documento D. Cornelio Ibarrondo ante Jacinto Laguna. 

 
De lo relatado hasta aquí cabe observar el poderío, tanto económico como político de aquella iglesia de principios del Siglo XIX, que daba tanta importancia a la forma de vida de sus ministros y a la suntuosidad de sus ornamentos eclesiásticos, dotándoles de unos medios “Congruas”, que el resto de vecinos bien hubieran querido para si. Cuando el salario medio diario en el sector industrial, sector “más favorecido económicamente”, no subía de los 5 reales diarios. El de un clérigo podía oscilar entre los 42-50 reales diarios. El sueldo de un Secretario del Gobierno Foral le proporcionaron unos ingresos más saneados, ya que cobraba a principios del XIX, y siguiendo lo decretado en las Juntas de 1796 y de 1802, un salario de 346 reales día.

De lo relatado hasta aquí cabe observar el poderío, tanto económico como político de aquella iglesia de principios del Siglo XIX, que daba tanta importancia a la forma de vida de sus ministros y a la suntuosidad de sus ornamentos eclesiásticos, dotándoles de unos medios “Congruas”, que el resto de vecinos bien hubieran querido para si. Aquellas pequeñas luchas entre matriz y aneja no eran si no, y el tiempo lo diría, el afianzamiento del poder político del emergente barrio de Algorta.

miércoles, 14 de enero de 2015

LOS MUELLES DE LA RIA, EL INFORME OCHANDATEGUI


Los muelles de Areeta-Las Arenas fueron modificados muchas veces a lo largo de su dilatada vida. La zona, aún casi virgen, fueron modificadas por las manos del hombre. Para para ello fueron necesarios muchos informes. Algunos terminaron en ejecuciones perennes, otros quedarían en el cajón de la historia. Pero todos ellos conformarían la historia de esas riberas de nuestra ría, que desde aquella vega inundada de 1802, terminarían conformando el bello paseo que hoy disfrutamos desde la Benedicta hasta Churruca, aunque esa vega llegaba desde las Canteras de Axpe hasta nuestra entonces salvaje playa de Areeta-Las Arenas. 
 
De estos muelles ya he hablado en repetidas entradas, empezando por la de mayo del 2013. En ella mencionaba ya desde aquel lejano verano de 1749, cuando el Consulado de Bilbao daba cuenta del estado de los muelles, pero dejaba para mejor momento su reparación, aunque más tarde, en 1765, ante el ruinoso estado de los mismos se verían precisados a acometer su reparación. 

 
 
Ahora, y hablamos del verano de 1802, a partir de una idea del estado de aquel encauzamiento que conformaron los muelles, podemos percibir como era aquel tramo de ría. El mismo sirvió para la realización de un informe sobre los muelles de Las Arenas, los arcos y alcantarillas que servían de comunicación entre las aguas de la playa y la ría, la apertura que servía para desagüe de las pleamares y bajamares y las avenidas de los ríos Gobela y Udondo. De las obras necesarias para evitar que arenas y escombros pudieran pasar desde la citada playa y ríos al cauce de la ría. Ese informe fue solicitado por el Síndico del Consulado de Bilbao D. Nicolas de Galindez, y fue encomendado a D. Santos Angel de Ochandategui Ituño.

En primer lugar veremos quién fue este arquitecto, nacido en Durango en 1749, que fallecería en Pamplona en 1802, lo que nos hace presumir que este informe pudo ser uno de sus último trabajos. Este personaje cuyo nombre de nacimiento registrado fue Santorun Angel Ochandategui, nace el 31 de octubre de 1749 en Durango, hijo de Juan Ochandategui y de María Antonia Ituño (Itoño registrado). Santos Ángel de Ochandátegui se casó en Cuzcurrita con María Zóa de Angulo el 23 de junio de 1774. Fue el principal protagonista de la arquitectura navarra del Siglo XVIII. 

 
Pero volviendo al informe antes mencionado, informe que ya partía con un apriorismo acerca de su necesidad: “...los muelles de Las Arenas, sobre los que se le consultó, cuyo dictamen se archiva...,...por si en algún tiempo pueden dar alguna luz las muchas especies que viven en él, aunque a cada una de ellas pone tantas contras, que no es fácil atinar cúal de ellas se puede adoptar...”. Por entonces su enfermedad ya daba nuestras de estar avanzada, ya que tuvo que retrasar su comparecencia. Se le requería para: “...junto al Ingeniero Solar y los Arquitectos Humaram y Maruri, elaborar las líneas maestras de aquella obra...”. 
 
En esos informes, el propio Ochandategui decía: “...Se me comisionó para reconocer los muelles de Las Arenas, y examinar los arcos y alcantarillas que sirven de comunicación a las aguas de la playa y de la ría, notando la abertura y disposición que tienen para el desagüe de las pleamares y bajamares, y para la avenida de los ríos Gobela y Udondo, y disponer las obras conducentes a evitar la comunicación de las arenas y escombros desde la playa, y las avenidas de los ríos a la ría, evitando la formación en su lecho de bancos de arenas y légamo en prejuicio de la navegación...”. 



Entre los problemas que detectó en aquella visita caben citar: los bancos de arena, que abarcaban toda la ría hasta la denominada “Barra de Portugalete”; lo único que en su informe definía como evolucionado a mejor, era el tramo correspondiente a las alcantarillas y arco de la playa hasta la barra, en el que el tráfico de embarcaciones se hallaba expedito y con un fondo más homogéneo, aspecto que había mejorado desde la ejecución de los nuevos muelles. Sin embargo, en las inmediaciones del arco grande se había formado un gran banco de arena y escombros y era debido a la fuerza con que el agua salía de la playa hacia la ría, en el momento de las bajamares. Por este motivo aconsejaba evitar la velocidad extraordinaria con que las mismas salían hacia la ría. Aquel vicio ya se había recogido en un informe anterior, en el que se aconsejaba abrir nuevos conductos que suavizaran el reflujo de aquellas turbulentas aguas, pero advertía que era mejor realizar un arco grande a varios pequeños. 
 
Un aparte merecía el caudal que desaguaba el rio Gobela a través de un puente. Se habían tomado mediciones de los momentos de mayor crecida del caudal del río en épocas de lluvias, aconsejaban en los últimos 576 metros, antes de su desagüe al mar, dotarle de mayor anchura, extendiéndose hacia el lado de Algorta, para luego cortarle el curso al final de esa distancia y dirigirlo mediante una linea curva hacia una loma existente en el lugar (escarpe de la Avanzada); para finalmente conducirlo en línea recta de 1872 pies y desaguar en el mar junto a una peña que se encontraba en el paraje denominado “La Begoña”. La anchura de aquel canal en su fondo se aconsejaba fuera de 70 pies, dándole en sus costados un talud por el doble de su altura. El citado puente y su desembocadura estaban situados en la esquina de la actual playa de Balanar (La Bola). 



 
Para separar las aguas del Gobela se proyectaba un muelle que debía situarse a 144 pies, más abajo del arco grande de la playa, y dirigirse en linea recta a un angulo saliente del monte que se hallaba enfrente. Pero no era el rio Gobela, el que producía el mayor arrastre de arenas y escombros hacia la ria. Este muelle tenía como objeto separar las aguas de la playa de las del otro rio que vertía sus aguas a la ria el “Udondo”, por lo que se aconsejaba colocar el arco de vertido cercano a dicho rio. También se decidía cerrar las alcantarillas donde se producía el vertido a la playa. El coste estimado de la obra ascendía a 362.218 reales de vellón. 
 
En el informe se mencionaba que la loma de arenas que mediaba entre el mar y la playa, en el paraje donde se pensaba realizar los desagües, estaba tan solo levantada a 4 o 5 pies sobre el nivel de las mayores pleamares. Por lo que la parte más profunda del canal que había que practicar estaría a 5 pies bajo el nivel de las pleamares. Para dar salida a los dos rios que concurrían en la playa, el canal propuesto debía realizarse en medio de la playa.


Los muelles proyectados daban a ambas márgenes un aspecto de lagunas saladas. La de Las Arenas después de una pequeña península donde se encontraban, casi agrupadas, las cinco casas del “Consulado de Bilbao”, iban bordeando por la izquierda, lado contrario y paralelo a la ria, tras pasar una solitaria casa denominada “Casa de Lamiaco”, que podía estar bajo el hoy denominado “Balcón de Lamiako”, llegando hasta las “Canteras de Axpe”, de ellas, entre otros lugares, saldría la piedra con la que se construirían los muelles. Tan solo faltaban 54 años para que Maximo Aguirre realizara la compra de aquellos terrenos de la denominada “Vega de Lamiaco”, que adquirió en 1856, y se consolidase la desecación y urbanización de ese bello espacio que luego sería Areeta-Las Arenas. 
 
Algunos de estos datos están extraídos del expediente del A.F.B. Consulado 0367/011.

lunes, 12 de enero de 2015

PROHIBICIÓN DE FESTEJAR LAS HONRAS FÚNEBRES


Para comprender esta entrada considero que es importante contextualizar la época, la demografía de Getxo y las referencias que en torno al hecho que se iba a producir en Andra Mari en 1794, aparecían descritas en nuestro entorno geográfico, ya desde mediados del Siglo XVI. Hechos que acontecieron hace tan solo 220 años. 
 
Aquel Getxo que, como núcleo poblacional emergía alrededor del barrio de Andra Mari, que en 1515 no sobrepasaba las 20 fogueras (recuento de familias y casas). Que en el Siglo XVI, era aún un área casi virgen, compuesta por arenales y argomales, con escasos arbolados exceptuando las zonas próximas a Berango. Que en 1796 tan solo alcanzaba una población de 100 vecinos. A finales del Siglo XVIII en Andra Mari se desarrollaba en una zona dispersa partiendo de la Iglesia del mismo nombre, dedicada a actividades agrícolas y ganaderas, núcleo que había ido reduciéndose paulatinamente (en 1746 contaba con el 44,6% de los vecinos del municipio y al finalizar el siglo solo llegaba al 33,1%). Mientras que las zonas de Villamonte, Fadura y Bolue tan solo alcanzaban los 64 vecinos.
Otra de sus zonas de población será la crestería de Alango hasta su bajada al mar, con el Puerto Viejo de Algorta como única zona de población concentrada, que en 1796 contaba con 81 casas repartidas a ambos lados de la bajada de Aretxondo, con una concentración de 5 habitantes por casa. Mientras que la zona de Las Arenas y Aiboa no era sino un espacio prácticamente desértico, reducido a arenales, vegas y eriales, con tan solo un grupo de pequeñas edificaciones, junto a la ria, a la altura del actual Puente Bizkaia, que eran propiedad del Consulado de Bilbao. 

 
La influencia de la Iglesia Católica se hacía sentir con rotundidad y una de sus manifestaciones era el pago de los diezmos, que suponían el mayor de los impuestos que todos los habitantes pagaban a la iglesia. Los diezmos consistían en la entrega de una décima parte de todas las cosechas agrícolas y de las rentas de animales, que debía de realizarse bajo pena de excomunión. Pero en Getxo una de las determinaciones de la Diócesis, entonces perteneciente, a “Calahorra y la Calzada”, vendría a generar conflictos en torno a la “Misas Nuevas y excesivos gastos Funerarios”, aquellos gastos tenían antecedentes, recogidos por cronistas a lo largo de diferentes épocas: 
 
Ya en 1576 por una cédula del Consejo real la asistencia a comidas con motivo de funerales se limitaba a los parientes dentro del segundo grado, y el castigo por su incumplimiento suponía una multa de cincuenta maravedís y destierro por dos años. Tal era la quiebra que provocaba en algunas familias, que en una crónica del Padre Larramendi de 1754 se decía: “...Es muy cierto que bodas y funerales han sido, son y serán la ruina de las casas y familias...”. 
 
Una provisión real del 19 de Septiembre de 1539, en la vecina Gasteiz, sobre bebidas y gastos excesivos que se realizaban en los entierros decía: “...que en dicha tierra se tiene costumbre de dar de comer y beber a todas las personas, legos y clérigos que fueren al enterramiento de cualquier difunto...,...si por dar dicha comida, e bebida, e dineros, ha venido en disminución de la hacienda de los herederos de los tales difuntos...”. 

 
Los fueros de Nafarroa, Gipuzkoa y Bizkaia restringieron la participación en banquetes a la familia directa, pero el incumplimiento de estas normas por los afectados y el clero que por ningún motivo deseaban verse excluidos de aquellos ágapes funerarios, provocaron varias confirmaciones de leyes a lo largo de los siglos. La resistencia que ofrecían el clero gipuzkoano y navarro a ser excluidos de las comidas funerales, la atestiguan los pleitos sucesivos entre autoridades eclesiásticas y civiles a lo largo de 1710-1725. Aunque más bien parecía que el interés de los interpelantes estuviera relacionado con garantizar para las arcas, tanto eclesiásticas, como civiles los ingresos que permitían el funcionamiento de ambas instituciones. 
 
Mientras, los bautizos, bodas y funerales eran motivo de celebraciones que servían para reforzar los lazos familiares. De la importancia de las mismas se podía deducir el nivel económico de las familias. Ya desde el Siglo XVIII comenzaron a hacerse limitaciones a estos dispendios, con limitaciones de gastos en banquetes y vestuario para evitar que las familias, por manifestar un mayor poderío en su hacienda, pudieran realizar celebraciones mayores de lo que su economía aconsejaba. 
 
Fue por ese motivo por el que un 23 de marzo de 1794, los fieles Regidores y Apoderados de la Noble Anteiglesia de Getxo, se dirigieron al secretario del “M.N. y M.L. Señorio de Vizcaya” D. Agustín Pedro de Menchaca, personalidad ambivalente donde las haya, ya que ejerció como secretario del bando “Oñacino” durante los años (1748-50, 1754-56, 1760-62 y 1768-1770), pasando a tener las misma responsabilidad en el bando “Gamboino” durante los años (1793 a 1794), según datos extraídos de un articulo del que fuera (Jefe del Archivo y Biblioteca de la Excma. Diputación de Bizkaia) D. Dario de Areitio y Mendiolea, titulado “El Gobierno Universal del Señorío de Vizcaya”, publicado en 1943. De ese trabajo resaltar que en 1794 “...La junta congregada en la sacristía de la iglesia parroquial de Begoña el 10 de noviembre se tiene como detalle particular que asistieron bajo la presidencia del corregidor los Regidores, capitulares y Síndicos y otros muchos caballeros, hijosdalgo, Padres de Provincia de este mismo señorío. La Merindad de Busturía no tuvo representación colectiva en esta junta, muchas anteíglesías enviaron apoderados particulares al contrarío de lo que sucedió respecto de la Merindad de Uribe que envió representación colectiva y un solo apoderado particular que fue el de Guecho...”. 

  
Siguiendo con la presentación de la carta a dicho secretario, en la misma exponían que por un decreto de la Diputación General del Reino del 7 de Noviembre de 1786, se habían prohibido: “...los excesivos gastos que ocasionan las gentes, con motivo de los entierros, honras, Bodas y misas nuevas, con notorio escándalo y ruina en las familias, bajo las multas que comprenden en caso de tolerarse semejantes comidas...”. Advertían de que los pobres trataban de competir con los ricos para realizar aquellos ágapes. Por ello solicitaban: “...prohibir nuevamente en todo el Señorío el abuso referido, mandando se observe y cumpla inviolablemente , y que al efecto se nombre por las Justicias de cada lugar un celador, que de cuenta a la Diputación del incumplimiento de dichas normas...”. Firmaban esa solicitud D. Juan Bautista Basaldua, D. Juan Francisco Iñagaray Govela, Dña. Ana de Arteaga, Dantonio de Mujica y otros, como escribano del Ayuntamiento lo hacia Juan Bautista de Arias.
Aquel escrito fue trasladado al Sindico Prior General del “M.N. y M.L. Señorio de Vizcaya” por los Diputados Generales Sres. Loizaga, Murga y Letona, quienes firmaron ante D. Agustín Pedro de Menchaca quien, al menos por su impresionante firma, debía de tener mucho mando en aquella plaza. El Sindico proponía: “...se proceda contra ellos con el mayor vigor...,...con el más estrecho encargo a los Fieles y Justicias de los Pueblos de este Señorío, para que que celen el cumplimiento de las Reales determinaciones...”. Para los infractores proponía multas de 50 ducados de vellón, que se hacía extensiva para los Files y Justicias que no velaran por el cumplimiento de aquellas normas. Se hacía una mención en la misma a premiar a los delatores.

 
Estos hábitos en algunos lugares como Amorebieta, llevaban a: “...A continuación del enterramiento, la familia del finado ofrecía a los parientes y vecinos más próximos, así como a los “andarijjeri” (los que llevan el cadáver al hombro), una comida en la taberna señalada para ello...”, era la comida que seguía a la misa del sepelio, denominada en euskera “enterrue bazkarijje”. Todo un ritual que con el paso de los años fue desapareciendo, aunque se mantuviera la costumbre de agasajar a los familiares llegados de poblaciones lejanas. Algunos de estos datos están extraídos del A.F.B. (Expediente Gobierno y Asuntos Eclesiásticos AJ01436/005).

viernes, 9 de enero de 2015

TIEMPOS DE GUERRAS Y SEÑALES CON BANDERAS


Finales del Siglo XVIII, años de guerras interminables contra Francia e Inglaterra, esta última con la virtualidad de separar a la metrópoli de sus colonias. En ese contexto de guerras y derrotas, en el señorío de Bizkaia se sucederían casos de avistamientos de naves enemigas, que darían lugar al establecimiento de señales de banderas desde las atalayas, encomendadas a los vigías de la Galea y Deusto. 
 
Entre el 27 de marzo de 1795 hasta el 16 de mayo de 1807, se dirigieron diferentes oficios de la Diputación de Bizkaia, los Consulados de San Sebastian y Santander, dirigidos al Consulado de Bilbao. Sobre la necesidad de establecer señales de Banderas en las Atalayas de Getxo y Deusto, aquellos tiempos de guerra, en los que eran frecuentes los avistamientos diarios de buques enemigos, aconsejaban avisar con premura para garantizar la seguridad de la navegación. 
 
Uno de aquellos oficios, llegaba de la mano del Comandante del “Navio San Telmo” D. Francisco de Moyua el 27 de mayo de 1795. Este buque a vela navegó entre 1788-1819 y fue uno de los ocho navíos denominados “ildefonsinos” de 74 cañones, así llamados por haber sido construidos según los planos del San Ildefonso. El escrito iba dirigido al Prior y Consules de Bilbao y al Diputado General; estaba firmado por los señores corregidores y Diputado General D. Joseph Xavier de Gortazar, D. Pablo de Sarachaga y D. Joseph de Anitua, que fue escribano real de la Merindad de Busturia. En él solicitaba la aprobación del plan de señales y el envío a todos los vigías de las atalayas; así mismo se solicitaba cesaran todo tipo de señales que se venían realizado a fin de evitar confusiones. 

 
Las señales destinadas a los vigías de Getxo y San Antolín de Deusto, debían ser colocadas en el palo destinado a la “Baliza de Navíos” y tenían los siguientes significados: 
 
Navío fuera a la vista”: Dos gallardetes, encarnado arriba y blanco abajo.
Entrada de Navío”: Dos gallardetes, blanco arriba y encarnado abajo.
Salida de Navío”: Dos gallardetes, encarnado arriba, blanco abajo y bandera encarnada abajo.
Naufragio”: Dos gallardetes, blanco arriba, encarnado abajo y bandera negra abajo. 
 
El 3 de junio de 1795, firmado por D. Mariano Ordoñez, D. Pablo de Sarachaga y D. Joseph de Anitua, se contestaba a aquella requisitoria, indicando que se adoptaría el sistema de señales, no obstante el de la “La Guardia o San Antolín” iba a continuar colocando las señales mercantiles como se venía realizando hasta aquel momento, pero en distinto palo, para evitar confusiones. Eso sí, se solicitaba al responsable de San Antolín que facilitara la diferencia o distinciones del palo de señales. 
 
El 5 de junio de 1795 D. Juan Bautista de Sarria después de visitar las atalayas de Gorliz y la Galea observó en esta última, señales de avistamiento de embarcaciones enemigas. Sin embargo, en el horizonte no se podía divisar barco alguno. Preguntado por los motivos de aquellas señales respondió el atalayero, que las había realizado por correspondencia a las observadas en el este. 

 
Continuaron las observaciones años mas tarde. Era el periodo de la guerra anglo-española (1796-1808), que se saldaría en octubre de 1805 con la derrota española de Trafalgar. El 18 de febrero de 1805, el consulado de Bilbao acordaba restablecer y planificar las vigías mantenidas en las últimas guerras, con señalamientos mediante banderas desde el Abra hasta el puerto de Castro, incluyendo una en la Atalaya de Cueto, a pesar de que las mismas estaban fuera del distrito consular bilbaino. Lo realizaban en cumplimiento de una real orden, como contribución a la intención del monarca español del establecimiento de acciones de guerra contra la Gran Bretaña y sus súbditos, a la vez que para beneficiar el comercio y la navegación, evitando que cayeran mercancías en manos anglófonas. 
 
El 22 de mayo de 1806 el atalayero de la Galea en un comunicado a los Priores y Cónsules de Bilbao, por medio de su consiliario y comisionado D. Joaquín Muñoz, advertía de la presencia de naves enemigas. Naves que venían siendo avistadas desde el 15 de mayo, consistentes en una fragata, una corbeta, un buque y dos bergantines, todos ellos de guerra, pertenecientes a la flota inglesa. 
 
En esa fecha D. Benito de Arechabala, vecino de Bilbao, y secretario perpetuo del “M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya”, sus Juntas Regimientos y Diputaciones Generales, certificaba que la Diputación General había tomado el siguiente acuerdo: “...hallándose sus Señorías con noticias de que una división de buques enemigos, cruza a la vista de los Puerto y Aledañas de este Señorío, y con oficio del señor Comandante Militar de Marina...,...acordaron se pase inmediatamente orden a los Fieles y Justicias de dichos Puertos, para que comuniquen diariamente a dicho señor Comandante, las noticias de la situación y movimientos de dichos enemigos...,...y siempre que lo haga necesario la variación del crucero aumento de ellos...”. Los Alcaldes y Fieles con responsabilidades de vigía debían de comunicar dichos avistamientos, si así lo consideraban conveniente, al Comandante Militar de Marina de San Sebastian o bien al de las lanchas cañoneras D. Diego Prieto. No era para tomarse a broma aquellas reales ordenes, ya que se advertía a los responsables: “...que en caso de de la menor omisión o disimulo por parte de los Alcaldes y Fieles, se tomaran contra ellos las providencias más rigurosas...”. 

  
El 26 de julio de 1806 D. Pedro de Obregón, Comandante principal de los Tercios Navales del Norte, informaba de lo siguiente: “...El 18 del corriente a más tardar, si el viento lo permite, saldrán reunidas de este puerto para el de San Sebastian las dos divisiones de cañoneros de los mandos de los Tenientes de navío D. Diego Prieto y D. Fernando Freire, escoltando un comboi de Embarcaciones del comercio de Cabotaje de estas costas...”. No obstante expresaba su queja: “...no puedo por menos que recordar...,...que con fecha 21 de mayo último les hice de lo indispensable que era...,...que tanto yo como los Comandantes de las divisiones de Cañoneros tengamos prontas noticias de la situación y movimientos del enemigo...,...posteriormente ha habido en los mismos puertos, y en la costa apresamiento de Embarcaciones, sin que hasta ahora se me haya comunicado noticia alguna por ninguna Justicia, y de ello ha resultado que el que con las mismas embarcaciones han apresado a los enemigos varios barcos nuestros, y de los Franceses...”. Insistían en que en caso de hacer caso omiso a aquellas circulares, que solicitaban información del movimiento de tropas enemigas, se verían en la necesidad de: “...tomar providencias más rigurosas por la falta de cumplimiento de las circulares...,...trasládese a los Atalayeros de este Señorío, para que diariamente, o al menos siempre que haya novedades lo comunique al Comandante de Marina...”. Firmaba ese escrito D. Diego Antonio de Basaguren. 
 
El 3 de agosto de 1806 en un escrito dirigido a D. Diego Antonio de Basaguren, D. Luis González de Ibarra (Comandante interino de Marina), indicaba que el Atalayero de San Antolín (Deusto), lugar llamado vulgarmente como de las Banderas, había comunicado con cierta frecuencia al Comandante de Marina las noticias referidas a los acercamientos de naves enemigas a nuestras costas. Así mismo decía que el Atalayero de Algorta había sido el más riguroso en sus partes escritos, que lo había ejecutando con toda exactitud.  El 4 de octubre de 1806 un comisionado nombrado por el Señorío, hacía saber mediante un bando escrito, las normas que debían seguir los Atalayeros de la Galea, Cabo Villano (Plentzia), Burgogana (Bermio), Ogoño (Ibarrangelu), Santa Catalina (Lekeitio) y Hondarroa, se distribuía el mismo con el titulo: “Las Instrucciones a Observar” por los atalayeros (ver fotografía inferior).


Parece que la observación de esas normas se fue relajando, y el día 14 de Mayo de 1807 D. Diego Antonio de Basaguren, llamaba la atención sobre que de continuar el incumplimiento, los responsables de las Atalayas podrían perder sus empleos. El 16 de mayo, el Atalayero del Castillo de la Galea D. Manuel del Balle y Basagoiti, daba contestación a la la reprimenda, alegando que: “...puedo decir que desde que recibí las señales nuevas, no ha amanecido a la vista de esta vigía ningún enemigo, es cierto que por dos días seguidos, ha habido en la de Gorliz señal de uno o dos corsarios de la especie ordinaria, repitiendo donde se hallan y la derrota que hacen con las señales correspondientes a las cuadriculas del 12 y 15, a continuación se arbolaron también en los mismos términos, y armas el Gallardete azul separado, separando las señales de los buques nacionales entrantes y salientes con arreglo al plan de señales...”, señalaba que creía conveniente reconvenir al Atalayero de San Antolin, ya que no distinguía desde su atalaya las señales de las referidas cuadriculas. 
 
Esas señales eran de gran importancia para los barcos comerciales del Puerto de Bilbao, ya que según una memoria de la “Revista de Estudios Maritimos del Pais Vasco”, de Ana Maria Rivera Medina: “...El último cuarto del siglo XVIII no fue ningún bálsamo, la guerra con Inglaterra primero y con Francia después generalizaron dos cuestiones: la captura de buena presa juntamente con pérdida de barcos vascos y la necesidad de una mayor custodia de la costa. Debido a ello el Consulado en 1793 arma consecutivamente dos embarcaciones vigías: una goleta, que más tarde fue apresada, y un bergantín llamado Consolación, alias “El Observante”. Este último armado por Domingo de Zubiría y José Antonio Olalde . Además estas embarcaciones eran artilladas y recibían todo lo necesario para la alimentación ruta por un acuerdo existente entre el Comisario de Marina de Bilbao y el Ayuntamiento de la Villa...”. Al parecer en esa fechas las costas estaban saturadas de corsarios, provocando la paralización, tanto de los mercantes nacionales como aliados. 

 
Como decía al comienzo, tiempo de guerras, banderas y vigías, que desde la atalaya de Getxo (Castillo del Príncipe), avisó de avistamientos de flotillas enemigas en frente a nuestros acantilados. Estos datos forman parte del expediente del A.F.B. (Consulado 0032/035).