La
cobranza de impuestos siempre fue de interés para la corona y los
consistorios, pues de ellos vivían ambos. Y las formas de cobro
dependían de las normas establecidas en cada momento. Así, el abono
de los mismos desde antiguo tenía sus propias características, en
función de si estos era pagados en puerto o en las villas. Por
ejemplo, en abril de 1494 se dictó una exención Real para los
navíos que recalaran en puerto: ”...Para
que las embarcaciones de este Señorío, que por temporal o acosados
de enemigos, y en otra manera, entraren en los puertos de estos
reinos no pagaren derechos aunque en ellos echen ancoras; salvo si
descargasen...” En 1884, en algunos puntos de la
provincia, las casetas para el cobro de arbitrios, algunas fabricadas
de madera y ladrillo, fueron utilizadas para la fumigación de los
pasajeros y mercancías, que tuvieran sospecha de poder estar
infectadas de cólera.
El
responsable del cobro de arbitrios era el “Ministro
Alguacil”, que así era denominado, el cual se colocaba de
platón para recabar impuestos y demandar a los morosos los pagos de
los atrasados. También eran los responsables del control de las
mercancías que llegaban al Pueblo. Aunque el responsable de la
cobranza de impuestos era el “Sisero” o recaudador. Del
“Alguacil” se decía, que en los actos
protocolarios debía ir: “...con su vara
en alto
acompañando a
los Regidores...”
Ya
desde 1812 las deudas acosaban a los pueblos, muchas de ellas debidas
a los actos de guerra de
la época.
En
las “Juntas Generales de Bizkaia” de octubre de aquel año ser
acordaba: “...que
los respectivos
Alcaldes y Fieles queden completamente autorizados para exigir de los
deudores las contribuciones que les cupiere por los medios que dicta
la justicia...”
Aquellas
recaudaciones recaían también sobre los inquilinos, muchos eran los
que tenían esta condición, ya que los dueños de heredades y
caseríos
no eran los moradores. En
esa misma Junta se acordaba: “...se
paguen
las dos tercias partes por la propiedad , y la otra tercia por los
inquilinos...”
En
el barrio alto (Andra Mari) la cobranza de impuestos era de máxima
importancia, ya desde 1829 la situación de las arcas municipales era
tal, que a decir de los “Libros de Decretos”: “...el
estado de indigencia en que se halla esta comunidad por las
exacciones que ha sufrido durante el desorden en las últimas
turbulencias políticas, y la confusión en la que se hallan las
cuentas y administración, por varias causas, hacen necesario tomar
medidas para solucionarlas...” Las exacciones fueron
debidas a la actividad de las partidas armadas, vía suministros, por
ello comisionaron a D. Juan Antonio de Ibatao, D. Andrés de Arteaga,
D. Juan María de Elorri y D. José de Iturriaga vecinos de Getxo,
para revisar las cuentas de los dos últimos años y dar solución a
las mismas. Dicha actividad armada exigía del Pueblo la aportación
de: “...un cupo de siete mozos solteros con sus trabucos...”
Pero
no eran solamente las actividades armadas las que provocaban la
indigencia, los arreglos de iglesias para mantener su ornato, era
otra de esas “exacciones”: “…Conforme a lo dispuesto
por el Real y Supremo Consejo, para la reposición de las iglesias y
su ornato…, se realicen las reparaciones de la
iglesia matriz...”, se referían a la de Andra Mari. Para
apremiar a los morosos decidieron nombrar un “Ministro Alguacil”,
para tal cargo fueron designadas dos personas D. José Antonio de
Larrazabal y D. Francisco Antonio de Basañez.
Uno
de los primeros informes del oficio de fielato de Getxo es de 1834,
se trata del remitido a la
Diputación Carlista, dando cuenta de la certificación hecha por el
secretario municipal, de la publicidad que se dio en el pleno del
Ayuntamiento de las reales ordenes de Carlos V, dadas en Elizondo en
julio de ese año. Las mismas eran relativas al indulto dirigido a
los soldados que se sometieran a sus órdenes.
Algunos
pagos se realizaban mediante fanegas de trigo, algunas de las cuales
se almacenaban en Mungia. Otra de las formas de pago era mediante el
censo de bueyes, aunque no siempre estos pagos eran obedecidos. En
1836 los cobradores de contribuciones D. Juan Antonio de Goñia y D.
Francisco Antonio de Libano, se opusieron a la demanda que el juzgado
del Alcalde de Fuero de Mungia les exigía. En enero de 1839 dos
miqueletes se encargaron de apremiar a nuestro Pueblo por la falta de
pago de trigo en el almacén de Durango. Ante los impagos de
impuestos, en junio de 1839, se ordeño que fueran embargados frutos
y rentas a los deudores.
En
1837, D. Juan Bautista de Urrechaga era quien solicitaba la
asignación
de un salario regular para el desempeño de la plaza de ministro
alguacil,
puesto para el que había sido propuesto por los fieles regidores de
Getxo.
Las
demandas de pago a veces eran desorbitadas, tal y como ocurrió en
septiembre de 1839, en que la demanda de pago al almacén de Munguia,
ascendio a seis mil reales de carne en vivo. Mientras, nuestro
Ayuntamiento contestaba: “...que debido a las exacciones de
las tropas de la regente, este pueblo no puede dar cumplimiento a tal
pedido, ya que dichas demandas han puesto a numerosos vecinos al
borde de la indigencia...” Algunas peticiones, como la de
la entrega de mil quinientos pares de zapatos para la tropa,
resultaban imposibles de cumplir.
En
1851 el responsable de la recolección de la cosecha anual de trigo y
maíz en Getxo, fue el Ministro Alguacil D. Juan Antonio de Dobaran.
La
salud era otro de los asuntos que preocupaba a nuestros vecinos.
Desde tiempos inmemoriales, según relataban en los libros de actas
de 1839, los barrios de Andra Mari y Algorta, habían tenido un
servicio de cirujano. Sin embargo, desde 1822 tras la segregación de
este último, el de Getxo se había quedado sin la atención de ese
servicio. Hasta entonces los servicios los prestaban los cirujanos
Sres. Casas, Mazagoitia y Gardeazabal. Ahora el barrio bajo (Algorta)
era atendido por el cirujano D. José Estébanez, cirujano de
Begango, y Andra Mari no contaba con facultativo. Como solución,
pues el tema parece que se debía a asuntos crematísticos, optaron
por que los labradores de Getxo pagaran al sangrador: “...cuatro
azumbres de grano de ambas especies (trigo y maíz),
por mitad en medidas de catorce fanegas…, y los de
Algorta dieciséis reales por año...” Para dar servicio a
ambos barrios se acordó: “...que desde Sarri hasta la casa
llamada Aramberri en Algorta, se fijara un punto intermedio como
lugar de consulta….”
El
“Ministro Alguacil” o “Fielato”, como más tarde se le
conocería, era el empleado de la autoridad municipal, encargado de
hacer cumplir las ordenanzas dictadas por ella. Llevaba uniforme. La
vara era el signo de su autoridad.
La
palabra “Fielato”, cuyo origen parece estar formado por “Fil”
(fiel de balanza) más el sufijo “ato” (empleo, trabajo o
dignidad), es una expresión que se refería a una dependencia, que
existía en
las
entradas
de las poblaciones, que
era donde
se cobraban los derechos de consumo.
Figura, que los barrios de Getxo (Andra Mari) y Algorta, compartieron
desde principios del Siglo XIX, y que más tarde, en 1885 pasaría a
tener Areeta-Las Arenas al consolidarse dicho barrio.