Los
serenos o vigilantes nocturnos de Getxo fue un cuerpo que se creó en
1.892, su reglamento se aprobaba el 24 de Febrero de aquel año, para
tan temprana fecha, el mismo recogia ampliamente sus funciones,
durante aquellos dias, era su alcalde Santiago
Díliz y Arana de la (Asociación Fuerza Vizcaina).
Era
aquella la norma por la que se iban a regir los serenos y vigilantes
nocturnos de la Anteiglesia de Getxo. En sus inicios constaba de dos
secciones, la primera tenia 1 Cabo y de 5 Serenos, la segunda por su
parte tenia 1 Preferente y 2 Serenos.
El
Cabo acudia al Ayuntamiento, todas la noches, para recibir las
ordenes del Alcalde, antes de iniciar las rondas nocturnas, el
Preferente lo hacia en caso de enfermedad del primero y las ordenes
las recibía del Teniente de Alcalde, estaban organizados por numeros
y las rondas las realizaban por parejas.
Las
ofensas a cualquier miembro del cuerpo de serenos era considerada
como una falta grave, siendo castigada de acuerdo con las leyes del
momento. Las faltas cometidas por cualquiera de sus miembros suponia
la expulsión del cuerpo y en su caso la entrega a la justicia de
quien la cometiera, si la falta era considerada como leve acarreaba
una sanción de tres días de suspensión de sueldo o bien multa de 5
pesetas. Si la sanción era de suspensión de sueldo, el importe de
la misma, iba destinado a un fondo para premiar a quienes se
distinguieran por el buen cumplimiento de sus funciones.
Los
uniformes de aquel cuerpo eran: el
del Cabo se componia de
capote ruso, que llevaba como distintivo las insignias del cargo que
ostentaban, una gorra que distinguia a la primera de la segunda
sección, tambien disponian de un impermeable negro, un revolver con
su funda de cuero, cordon y cinturon, cincuenta balas para el mismo,
un machete espada, un silvo, y un ejemplar del reglamento y otro de
las ordenanzas municipales. El
Preferente vestia igual
que el cabo pero con las insignias de su rango, salvo el machete,
ademas llevaba corneta y lanza. Los uniformes de
los Serenos eran iguales a
los anteriores pero sin insignias.
Las
condiciones para poder incorporarse a aquel cuerpo eran: ser fuerte
de constitución fisica, gozar de buena salud, no tener defecto
fisico, ser de intachable conducta, saber leer y escribir.
Todos
los accesorios que utilizaban, incluido uniformes, armamento, aceite
y linternas eran de propiedad municipal, por lo que al terminar su
servicio o dejar el cuerpo, debian ser devueltos en perfeto uso al
cuerpo.
Quedaban
todos los individuos del cuerpo de serenos, sujetos a prestar
servicio diurno, cuando sucedieran casos de alarma, siendo su trabajo
remunerado extraordinariamente, los días de festivos solo realizaban
esos trabajos de carater extra por la tardes, el Alcalde se reservaba
la función de pasar revista a aquel cuerpo, en un lugar previamente
designado, fijando día y hora, por lo que como era habitual se
reservaban las sanciones correspondientes para quien incumpliera el
llamamiento, se podia decir que de alguna manera era un cuerpo,
conceptualmente, casi militarizado.
Dentro
de las funciones del Cabo y el Preferente estaban las de la
vigilancia nocturna, verificando el cumplimento de las funciones de
cada miembro del cuerpo, informar al Alcalde o Teniente de Alcalde
toda las mañanas de las incidencias registradas a lo largo de la
noche, impedir “reuniones
sospechosas” y
disolverlas con la yuda de los serenos.
Hacer
cerrar tabernas, tiendas y cafes, a la hora establecida, reunir a
todos los serenos para pasar revista, todas la noches, de ropa y
armamento, y realizar el sorteo, de acuerdo con su numero, para
asignarles las calles y lugares de patrulla. Proteger a personas y
bienes, prender a ladrones y malhechores, que fueran pillados
infraganti, y a toda persona que perturbara el orden.
En
aquellas normas tambien habia citaciones curiosas como la de
“...recoger a los niños
y mujeres perdidas por las calles...”,
no tanto por lo de los niños, si no por las mujeres, que raramente
tienden a perderse.
Alguna
de sus funciones importantes era la de controlar en perfecto estado
del alumbrado público y en caso de incendios, llamar mediante toques
de corneta, avisando del lugar del siniestro, asi como la de avisar
al campanero para que realizara los “toques
a fuego”, teniendo en
cuenta que la estructura de las casas era de madera, se entendera la
importancia de dicha llamada.
Se
decia que debian de comportarse en publico “...de
la manera mas amable y grave posible...”,
como signo de su autoridad, absteniendose de entablar polemicas
públicas, identificando a personas desconocidas, requiriendo su
documentación.
Debian
de tener buena memoria o bien llevar apuntadas las direcciones de
Concejales, Medicos titulares, Cura Párroco y Coadjutores.
Sus
horarios de trabajo eran los que se muestran en el cuadro que aparece
debajo de estas lineas:
Este
fue un cuerpo que veló por la seguridad de nuestro vecinos en
aquellos año de finales del Siglo XIX, que ademas de lo
anteriormente citado tenían la obligación de gritar las horas
diciendo el tiempo que hacía, desde las 11.00 horas de la noche
hasta el alba. Además de dar luz al vecindario que lo demandara,
despertar a las personas que lo requerían, llamar al médico, a la
comadrona, al cura en caso de necesidad e ir a la botica.
Con
el paso del tiempo, al igual que otros trabajos de la comunidad
Getxotarra, este cuerpo desapareció, en 1.950 se jubiló el último
subjefe de serenos del Ayuntamiento de Getxo Jose Bilbao Goitia.
Alguna
de la fotos del presente articulo no corresponden a este cuerpo, no
he encontrado fotos de la época, pero para adornarlo he considerado
conveniente incluirlas.
Nuestro Aitite fue sereno de Getxo, Pedro Garay. Hay alguna foto con el uniforme..
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