miércoles, 30 de septiembre de 2020

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO - LAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE 1893 y -II-

 

En la anterior entrada veíamos un resumen de la primera parte de las Ordenanzas Municipales. en esta continuaré y finalizaré las mismas.

 

De la “Mendicidad”, la cual prohibía taxativamente realizar dicha actividad a  los mendigos de fuera de la localidad que no dispusieran de una licencia concedida por el Alcalde. Para poder mendicar debían llevar en brazo o pecho una medalla, placa u otro distintivo.

 

De aspectos de la vida cotidiana, trataba sobre la “Seguridad personal”:  Sobre “Los objetos que dificultaran el transito”, prohibiendo formar corrillos en las aceras, poner en las calles puestos de venta, aserrar maderas y partir leña o carbón. Establecía que las personas que portaran cargas, cestas, cántaros y muebles debían transitar por el centro de la calle y no por las aceras. Se prohibía realizar en la vía pública juegos de pelota y bolos. De los “Paseos Públicos”, en los que debía guardarse la compostura y los ademanes corteses. No pudiendo entrar en los mismos carruajes o caballerías. Sobre “Caballerías, carruajes y ganados”, se prohibía transitar por los caminos peatiles a toda clase de vehículos, así como caballos, mulas, burros y ganado vacuno. Tampoco se permitía atar caballerías en las rejas o puertas de las casas. También indicaban la obligación de que los conductores de carros y carruajes, que transitaran por puntos poblados, debían ir delante de sus caballerías. Igualmente se prohibía dejar carros parados en los parajes de transito de Algorta y Las Arenas.

 

De aspectos solaces del día a día del Pueblo, sobre los “Baños de Mar”, declarándose como playas de mar las de Erega, Puerto y Arrigunaga en Algorta, así como la de Las Arenas. Para ellas se iba a editar un reglamento o bando especial.


Sobre las actividades molestas, trataba sobre los “Animales dañinos”, debiendo los dueños de perros entrar en sus casa a los animales, para evitar molestar a los vecinos. No se permitía exponer dentro del municipio colecciones de fieras, sin licencia municipal, y las mismas debían de estar dentro de jaulas. Los osos y otros animales feroces domesticados, que se fueran a exhibir por las calles, debían ir provistos de un fuerte bozal sujetos con una cadena de hierro. Lo cual nos permite conocer que en aquellos tiempos era frecuente el paso de gitanos, trotamundos y titiriteros por nuestra Anteiglesia.

 

Sobre algunos aspectos  de la vida en los barrios, de los menos favorecidos, trataba sobre los “Dementes”, indicando que se prohibía a los encargados de su guardia y custodia dejarlos vagar por los sitios públicos sin la debida vigilancia. Sobre los “Niños perdidos o abandonados”, obligando a quien encontrara a un menor de 7 años abandonado o vagando por las calles a entregarlo a las autoridades.

 

También lo hacía sobre la seguridad, contemplaba las “Materias inflamables”, ordenando que las mismas estuvieran a una distancia mínima de 50 metros de la población. Debiendo estar los almacenes de petróleo fuera de la población, y en los casos de las tiendas del casco, que comerciaran con ese producto, se permitía tener un máximo de cien litros en vasijas de hojalata, herméticamente cerradas y almacenadas en los sótanos. Acerca de los “Incendios”, indicando que no se podía habitar cuartos y pisos que no tuvieran cocina y chimenea (lo cual nos indica que en la época había gente que cocinaba en el suelo de las estancias).  Cuando se produjera un incendio, si este era de día, a quien se le produjera el mismo debía de avisar al campanero de la iglesia del barrio, a fin de que tocara a llamada.

 

Sobre la Higiene Pública, hablaba sobre la “Limpieza de la vía pública”, prohibiendo arrojar en la vía o parajes de la población basuras del barrido de las casas, cenizas o cualquier otro objeto inservible. En Algorta debían ser llevadas las basuras a los vertederos establecidos por el Municipio y en Las Arenas a un carro contratado por el Ayuntamiento. Se prohibía también arrojar a la vía pública orines y excrementos, así como meter los mismos en las alcantarillas, albañales o sumideros para evitar que obstruyeran los conductos y produjeran infecciones.

 

De gran importancia por el uso que la población hacía de ellas, hablaba sobre las “Fuentes vecinales”, prohibiendo que en las mismas o sus alrededores se estacionaran carruajes o carros, caballos, así como depósitos, cubas o vasijas. Se prohibía así mismo desviar las aguas procedentes de las mismas para obras o amasado de cal. Eran multados los padres o tutores de los muchachos que jugando con las manillas las deterioraban. Sobre los “Abrevaderos”, lugar adecuado para dar de beber a caballos, ganados y otras bestias. Se indicaba que la persona que llevara a abrevar a los animales no podía tener menos de 14 años, no pudiendo conducir al lugar a más de cuatro animales a la vez o hacerlo a partir de las ocho de la noche, así como lavar ropas en dichos reductos.

 

Sobre los “Lavaderos Públicos”, eran de cuatro tipos:

 

Lavaderos montados con todas las reglas del arte, los cuales se cerraban por la noche. Lavaderos cubiertos con menores prestaciones que los primeros que también eran cerrados por la noche. Lavaderos cubiertos, al aire libre, que no se cerraban por la noche. Y lavaderos al aire libre que no se cerraban por la noche. De ellos había dos, de primera clase, eran conocidos como los de Alango y San Martín. Uno de segunda clase situado en Arechondo.Y cuatro de tercera clase Arrigunaga, Sarri, Elorri e Iturribarri.

 

De los servicios públicos, de “Excusados, letrinas y sumideros”, la limpieza de los excusados debía de realizarse por la noche. Los dueños de las casas que no tuvieran injerto a la red general debían de construir un pozo con capacidad suficiente, su vaciado y limpieza debía ser realizado una vez al mes, llevando dentro de las 48 horas desde su extracción las materias que de ellos se extrajeran a la parte rural de la población, enterrándolos en sus huertas o jardines, a la mayor distancia posible de las habitaciones. De los “Urinarios públicos”, indicaba que estaba prohibido hacer aguas en ningún lugar de al vía pública (Sin embargo, este artículo no era de aplicación al barrio de Algorta hasta que no estuvieran construidos los meaderos públicos). Todo el que se viera sorprendido por la autoridad haciendo aguas en calles, plazas o esquinas sería multado con 1 peseta.

 

También lo hacía sobre las “Aguas a domicilio y para fábricas y obras”, en ella se indicaba que solamente el municipio surtiría de las mismas, a fábricas y obras, cuando  el Municipio estuviera abundantemente surtido de las mismas.

 

Un apartado recogía algunos aspectos de la alimentación vecinal, estaba destinada a los “Animales incómodos o insalubres”, quedando prohibidos, en la parte urbanizada de Algorta y Las Arenas, criar cerdos en bodegas y sótanos de al casa-habitación. Los chiqueros que se construyeran en el barrio de Algorta, los fiemos debían ser extraídos cada 3 días para evitar enfermedades. Esas cuadras tendrían que ir desapareciendo a medida que avanzara la urbanización en el barrio. Al referirse a los “Comestibles en general”: Prohibía poner a la venta en plaza o mercados cualquier verdura o fruta que no estuviera sana. El veterinario municipal era el encargado de reconocer la leche y decomisarla si estuviera en mal estado. Quedaba prohibido conservar o medir la leche en recipientes de cobre. De los “Pescados y mariscos”, teniendo que devolver al mar todo pescado o marisco que el veterinario declarara no ser apto para el consumo.

 

También lo hacía sobre las “Bebidas”, Se prohibía la venta de vinos y licores que para aumentar su volumen hubieran sido adulterados añadiendo líquidos o sustancias que pudieran resultar nocivos para la salud. Los vinos y vinagres debían estar en depósitos, tabernas y tiendas en vasijería de madera, vidrio, barro o pellejos. También se extendía la prohibición al uso de medidas de cobre que no estuvieran estañadas.

 

 Las “Panaderías” también tenían su apartado, en el se decía que todo el que se estableciera en la población con el oficio de panadero debía ponerlo en conocimiento de la autoridad municipal. En las visitas que el personal sanitario a tahonas, panaderías u hornos, puestos de venta ambulantes, si se observaba que se hubiera falsificado el pan y su peso, se entregarían las partidas a los centros de beneficencia o a los pobres de la localidad y si el mismo resultara nocivo para la salud se arrojaría al mar. Las piezas de pan debían de llevar la marca de la tahona o el nombre del fabricante. Los panaderos en esa época debían ser amigos de los cánticos, quien sabe si por estar dopados para pasar la noche, puesto que se les prohibía proferir gritos o canciones que perturbaran el sueño de los vecinos.

 

Sobre la carne, desde la matanza hasta su consumo: De los “Mataderos”, toda res destinada al consumo debía de ser degollada en el matadero, las que lo hubieran sido fuera de él tendrían que ser conducidas al mismo para certificar su estado. Ninguna res destinada al consumo debía ser corrida, rejoneada, aporreada ni lidiada, si no muerta en completo reposo. Las que fueran lidiadas en plazas de toros, si se deseaba utilizarlas para el consumo humano, conducidas al matadero para su reconocimiento. Los cerdos eran otro de los apartados, los cuales si eran matados dentro de la propiedad particular, y para uso particular, se permitía la matanza y el quemado. De las “Carnicerías o tablas de venta”, las tablas o carnicerías que desearan establecerse en el municipio, debían de comunicarlo previamente al consistorio. Guardándose en ellas la mayor limpieza posible. No se podía poner expuestas las carnes en la puerta del establecimiento, solamente estaba permitido hacerlo en el interior del mismo.  Las reses debían de ser degolladas en el matadero público.

 

De los desechos que el mar arrojaba a las playas, del “Aprovechamiento de las yerbas y basuras que la mar arrojaba a las playas”, obviamente se referían a las algas, las mismas podían ser recogidas en las la ribera durante la bajamar.

 

El Capitulo dedicado a la “Policía Rural” hablaba bajo el título “Término Jurisdiccional”: Indicando las funciones de estos policías: Entre ellas estaba la de reprimir a quienes destruyeran los mojones y otras señales que indicaban los linderos, entregando a los infractores a los tribunales. Entre sus atribuciones estaba la vigilancia de que no se abandonaran caballos, aves, cerdos o animales domésticos que pudieran causar daños en otras propiedades. El control del “Arbolado” vigilando que no se produjeran daños en los árboles ya fueran particulares o públicos. La limpieza de “Vías Públicas”, evitando que no se amontonaran depósitos de materiales, estiércoles y maderas en caminos y vías públicas. Controlando que no transitaran caballerías, burros y ganado vacuno por el camino peatil de Santa María. Finalmente existía una disposición general que establecía la obligatoriedad de que los dueños de los terrenos labrantíos, ubicados en la parte llamada “Vegas”, de limpiar las mismas en los meses de mayo y agosto, con el fin de evitar las inundaciones que por falta de limpieza y acumulación de jaros se solían producir.

 

Aquellas Ordenanzas Municipales, que fueron firmadas por el Alcalde Getxo D. Santiago Diliz, nos asomaban a las costumbres que hasta aquel momento los vecinos de la Anteiglesia tenían. Normas que vinieron a corregir, a partir de su promulgación, algunos hábitos poco civilizados como el de arrojar los orines por las ventanas.

 

En la próxima entrada veremos cómo algunos malos hábitos a veces provocaban enfrentamientos o denuncias por parte de la Compañía del Tranvía.


domingo, 27 de septiembre de 2020

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO -LAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE 1893 -I-

 


En la anterior entrada veíamos cómo se estaban realizando obras de alcantarillado dentro del Municipio.

 

En las dos próximas entradas veremos “Las ordenanzas Municipales de  Getxo”, unas normas que comenzaron a modernizar la Anteiglesia, que fueron supervisadas y aprobadas por el Gobernador Civil de la Provincia el 28 de septiembre de 1892, pero que no se tuvo constancia de ello hasta el pleno del 16 de marzo del 1893: “...Se dio cuenta de un oficio del Gobernador Civil de la Provincia, fechado el 8 de marzo de 1893, en el que se manifiesta que han sido aprobadas por aquel Gobierno el 28 de septiembre último, de conformidad con el dictamen de la Excelentísima Diputación Provincial las Ordenanzas Municipales de esta localidad...” Las Ordenanzas había sufrido algunas modificaciones que la Diputación había propuesto y que: “...Conforme se indica en  el oficio del Gobernador Civil se impriman desde luego para los usos conducentes...”

 

Me detendré en estas Ordenanzas Municipales. Por su extensión lo haré en dos capítulos. Con su lectura aprendemos la forma en que se vivía antes de su publicación, y cómo se establecía la nueva normativa de vida. En las “Ordenanzas Municipales de Edificación y Policía de la Anteiglesia de Guecho – Año 1894” se compilaban todos los aspectos administrativos de la vida municipal.  Fueron impresas en la tipografía de “A. Emperaile,” en la calle de la Cruz N.º 5 de Bilbao:

 

Los datos están sacados del el expediente del Archivo Municipal de Getxo Signatura: 7758004, Código: 1209.



Básicamente formaban parte de dos grandes capítulos “Policía Urbana y Policía Rural”. El primero, el más extenso, que ocupaba 88 de las 97 paginas conque contaba el libro a lo largo de 16 secciones, se recogían la clasificación de las construcciones que iban a regir en adelante en la Anteiglesia, las cuales se dividían en públicas, urbanas, rurales e industriales. La clasificación de calles, la cual se realizaba según su anchura. Los permisos de edificación.

 

En él hablaba del reconocimiento de los edificios, dando facultad al ejecutivo para revisar los mismos bien por si mismo o a través de facultativos. Se establecían las reglas de salubridad, resistencia y buen aspecto de los edificios. Estableciéndose cuatro tipo de calles, dentro de los cuales se establecía la altura máxima de las edificaciones, que en las calles de primer orden no podían superar los 20 metros, no pudiendo pasar las de cuarto orden de los 15 metros. Las reglas de higiene en el interior de los edificios, en el mismo se daba gran importancia a la luz y ventilación dentro de la viviendas y a que sus suelos fueran siempre de baldosa y nunca de madera. Teniendo en cuenta la época de la que hablamos se contemplaba que para poder establecer cuadras para ganado caballar, de cerda, lanar o vacuno era preceptiva la autorización municipal: estableciendo que cada caballo, mula, buey o vaca debían disponer de un espacio mínimo de 35 metros cúbicos por plaza.

                        

También hablaba del aprovechamiento eventual o permanente de la vía pública, contemplando el vuelo de las cornisas, repisas de los balcones y faroles; incluso la ocupación de los espacios públicos durante los derribos y construcción de edificios. Las Ordenanzas Municipales llevaban un apéndice dedicado a la clasificación de los establecimientos industriales, en el que se indicaba los inconvenientes que ofrecían, tales como peligro de incendio, olor, alteración de aguas, insalubridad, humos, vapores nocivos, ruido.



Le seguían otros capítulos, en los que se recogían las actividades de “Fondas, posadas y casas de huéspedes”, en el que se disponía que los dueños de los establecimientos debían de llevar un libro-registro para anotar la entrada y salida de pasajeros. La normativa para los “Cafés, billares, tiendas y tabernas, en las que se expendiera café, vino, chacolí y bebidas alcohólicas y fermentadas, locales que debían de cerrar a las diez de la noche excepto durante la temporada veraniega que podían hacerlo a las once. Horario, que de forma excepcional se podía ver alterado, permaneciendo abierto, durante las festividades de Santa Ana, San Ignacio, San Nicolás, la Asunción de Nuestra Señora y San Roque, hasta las doce de la noche, en los barrios donde se celebraban estas festividades.

 

Las actividades de “Titiriteros, volatineros, gimnastas y músicos ambulantes”, quienes no podían estacionarse en plazas o vías públicas sin autorización municipal. Se prohibía echar las cartas, decir la buenaventura, interpretar o explicar los sueños y llevar consigo animales dañinos o feroces.

 

También lo hacía de las Fiestas: En ella se disponía que durante dichos días no podían dispararse armas de fuego, cohetes, petardos o fuegos de artificio dentro de la población sin la autorización preceptiva. Al público se le advertía de que estaba prohibidos los gritos descompasados, las canciones contrarias al orden público, contra las instituciones, la moral y las buenas costumbres, así como bailar deshonestamente a juicio de la autoridad. Durante las mismas la venta de refrescos, bebidas alcohólicas o gaseosas en las campas donde se celebraran las fiestas requería de la autorización municipal previo pago de la respectiva licencia. Durante los carnavales se podía andar por las calles con disfraces, careta o mascara, pero se decía expresamente que “se prohíbe llevar la cara cubierta tras el toque de oración”, extendiendo dicho impedimento a los disfraces de hábitos religiosos y uniformes militares. Se prohibía que las comparsas arrojaran agua, harinas o cenizas que pudieran ensuciar a los transeúntes, así como portar latas de petróleo vacías, campanas o campañillas que con el ruido molestaran al vecindario.



En lo referido a los actos religiosos se establecía que: Las personas que los días de procesión se hallen en la zona del cortejo deberán tener al cabeza descubierta, absteniéndose de fumar o hablar en voz alta.

 

La muerte también tenía su espacio ya que hablaba sobre “Los Cementerios”, en los que estaba prohibido proferir palabras o expresiones que faltaran a la memoria de los fallecidos, sustraer objetos que se hallaran adornando las sepulturas. Se exhortaba a no cantar dentro de la capilla de los oficios de exhumación, los cuales en lo sucesivo debían realizarse en la iglesia. No se podían realizar enterramientos sin haber transcurrido 24 horas desde el fallecimiento, así mismo quedaba prohibida la exhibición de los cadáveres en los templos. Era obligatorio que aquellos que fallecieran por enfermedades infecciosas fueran enterrados en tierra.

 

Las “Asonadas y reuniones tumultuosas”, quedaban prohibidas tanto de día como de noche, así como las reuniones secretas que tuvieran como objeto el turbar el orden público. Se proscribían las “Alarmas, rondas, ruidos nocturnos y cencerradas”, mediante el uso de tiros, petardos,  cartuchos de dinamita, voces subversivas y salvas, así como el uso de campanas.



De la actividad comercial, trataba sobre los “Anuncios y carteles”, limitando su uso a las autoridades competentes, salvo en el caso de anuncios comerciales. De las “Pesas y medidas”, quedaban estas limitadas a las del sistema métrico decimal. Se prohibía la venta en los comercios de artículos sin pesar.

 

De otras actividades urbanas como el “Alumbrado”, se castigaba a quienes apagaran el alumbrado público o rompieran los faroles. De las “edificaciones y obras” haciendo constar que los dueños de las casas, en que las goteras cayeran a la calle, debían recogerlas con cañerías y bajantes que las condujeran al suelo.

 

En la próxima entrada finalizaré con estas dos entradas dedicadas a las Ordenanzas Municipales de 1893.

miércoles, 23 de septiembre de 2020

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO -177-


En la anterior entrada veíamos cómo finalizaba el año 1892 en medio de noticias relacionadas con asuntos de robos en el barrio de Algorta.

 

Respecto a aquel año que acababa de dejarnos, la prensa bilbaína decía al referirse a él que ya las costumbres de la época, aunque obviamente se refirieran a las clases sociales más acomodadas: “...Para el año que ha descendido al sepulcro, como todos los años, los pavos, capones, gallinas y los besugos han pagado el tributo a la glotonería. Los escaparates de confiterías aún presentan las colinetas, turrones...” Quizá por ello algunos artículos presentaban rebajas en sus precios como los del pan: “...En la panadería de “La Magdalena” de la calle Tendería de Bilbao, los fotes (panes) de media libra, de primera clase, iban a costar 0,09 pesetas...”

 

Al entrar en el nuevo año, en el pleno municipal del 5 de enero de 1893, se trataba sobre la solicitud: “...De D. José Iraola para que el Ayuntamiento le expidiera un certificado para poder inscribir en el Registro de la Propiedad una parte de la casa “Echevarri”, situada en la calle Rivera de Algorta, perteneciente a Dña, Salomé Uria...”

 

En ese mismo pleno se trataba sobre la epidemia de viruela que había venido afectando al municipio, la cual se dejaba sentir en los trabajos y costes que la misma provocaba al municipio: “...Dicha epidemia que ha reinado en Las Arenas, durante cinco meses aproximadamente, ha hecho necesario algunos suministro, los cuales fueron realizados por Dña. Florencia Elosua, por un importe de 127,25 pesetas...” Así como  otros derivados de instalaciones realizadas para tratar las ropas de los infectados: “...La instalación de una caseta, hecha en el punto llamado Gobelas de Las Arenas, para limpieza de las ropas de las personas atacadas de viruela, desde julio último hasta diciembre, realizada por el carpintero D. Rafael Elcoro, la cual ha importado la cantidad de 214,31 pesetas. También se ha colocado dentro de la misma una cocina u hornillo por  D. Gabriel Navarro  para el lavado de dichas ropas...” Los medicamentos que se suministraban a los pobres, para combatir la viruela eran del tipo “específicos”, y eran facilitados por el farmacéutico titular D. Miguel García Salazar. Y se compraba una “carrada de cal viva” a D. José María Otazua por 31,25 pesetas para utilizar en la desinfección de las casas atacadas por la viruela.

 

Oros suministros eran de carácter religioso, sin que estos tuvieran relación con la epidemia citada, como la: “...Alfombra del comercio “Gastón y Daniela”, de Bilbao, para el presbiterio de la iglesia de San Nicolás de Bari de Algorta, con destino al servicio del Ayuntamiento, en los días en que este asista a las prácticas religiosas de dicha parroquia, la cual a supuesto un coste de 128,25 pesetas...”

 

El 12 de enero de 1893 se daba cuenta en el pleno municipal de un oficio remitido por la Comisión Provincial: “...Con fecha 10 del actual, aprobando el expediente instruido por el Ayuntamiento de Guecho para la ejecución de un matadero de nueva construcción, autorizando a que pague las obras...” Por ello el consistorio aprobaba: “...Sacar a subasta las expresadas por el sistema de pliegos cerrados, el día 2 de febrero a las nueve de la mañana...”

 

Por aquellos días las obras del Puente Palacios (actual Bizkako Zubia) marchaban a buen ritmo, se iba a inaugurar el día 28 de 1893, y para alimentar de agua a la caldera de dicho puente: “...Se da cuenta de una instancia de D. Alberto Palacios, concesionario del puente de Las Arenas a Portugalete, del 8 de enero de 1893, solicitando autorización para la construcción de un pozo para alimentar de agua al puente. Dicho pozo estará situado junto al muro del jardín de la antigua casa del Sr. Maturana, en Las Arenas...”

 


Para los amigos del buen yantar resulta curioso saber que en febrero de 1893, en la calle Bidebarrieta de Bilbao, en el restaurante “El Antiguo”, una buena comida tan solo costaba 3 pesetas, la misma estaba compuesta por las siguientes exquisiteces: “...Unos entrantes a base de: Ostras y croquetas de ave, le seguía un primer plato a elegir entre bacalao a la vizcaina o angulas de la isla, continuaba el ágape con lomo asado dulce y terminaba con un postre variado...” Aquella comida tenía incluido en el precio el vino. Aunque parece que no todo el mundo podía permitirse, ese para hoy, exiguo precio, ya que: “...La aparición en plena ría, entre los muelles del Arenal, de un “pato de mar” dio lugar a una auténtica cacería marinera, en la que barios botes de remos persiguieron al asustado ánade hasta lograr el ansiado trofeo...” Contaba el diario “El Nervión” del 13 de ese mes.

 

Eran días de climatología siberiana, en la que los tejados de las casas, tras unas fortísimas heladas, aparecían blancos y los charcos cubiertos de una capa de hielo, mientras que los montes cercanos estaban cubiertos de un blanco manto de nieve y el frío viento era capaz de helar “las carótidas del puente de Las Arenas”. Los temporales de aquellos días provocaron que en la ría se reforzaran las amarras de los buques y en la capitanía del puerto hondeara la bandera azul, en señal de que los buques se previnieran contra la corriente. Durante tres mareas resultó imposible la salida o entrada de embarcaciones del puerto. El día 16 de enero de 1893, por la tarde, lograron salir 19 vapores, lo cual hizo que el espectáculo, para los vecinos de ambas margenes de la ría, resultara todo un acontecimiento. Mientras, los prolegómenos de unas reñidas elecciones a Diputados a Cortes se dejaban sentir en el teatro circo de la Gran Vía.

 

Los últimos días de la casa matadero, de la estrada de Mosu en la zona de Iturribarria de Algorta, veía llegar el final de sus días, cuando en el pleno del 19 de enero de 1893 se decía que: “...El Ayuntamiento de Guecho, próximo a vender dentro de breves días la casa y sus terrenos, acuerda oficiar a Dña. Geronima Achutegui, viuda del finado D. Francisco Guerediaga, que ocupa actualmente dicha casa y las tierras, que a partir de esta fecha quedarán a disposición de este Ayuntamiento la expresada casa y tierras, sin que se pueda hacer labor alguna en estas, debiendo dejar la casa libre cuando esta corporación lo indicare...”

 

En esa misma fecha se fijaban las cuentas municipales del ejercicio de 1891 a 1892, quedando como siguen: “...Cargo 128.740,28 pesetas, Data 99.119,13 pesetas, Existencias, para el ejercicio de 1892 a 1893, 29.621,15 pesetas...”

 

En el pleno del 26 de enero de 1893 se daba cuenta de la invitación cursada al Alcalde D. Santiago Diliz, por la Comisión del la Iglesia de San Ignacio: “...Que se va a celebrar en la sacristía de esta iglesia para enterarle de las gestiones realizadas por esta Comisión durante el año 1892, y del estado económico de la misma...” Por otro lado el presbítero D. Fernando Ansoleaga informaba: “Que he sido nombrado coadjutor para la iglesia de San Nicolás de Bari de Algorta...”

 

En el diario “El Noticiero Bilbaíno” del 22 de enero de 1893, el Ayuntamiento de Getxo anunciaba que: “...El Ayuntamiento de esta Anteiglesia, autorizado competentemente y con arreglo a las disposiciones vigentes, sacará a pública subasta en la Casa Consistorial, el día 3 de febrero próximo, a las nueve de la mañana, por el sistema de pliegos cerrados, la construcción de un matadero de nueva planta, cuya base es de 30.885,10 pesetas de presupuesto de contrata, bajo las condiciones y planos que desde hoy se hallan de manifiesto en la Secretaria del Municipio para los que gusten enterarse en las horas de oficina. El Alcalde, Santiago Diliz...”

 

El  alcantarillado del municipio seguía siendo una de las prioridades del municipio. En el pleno del 26 de enero de 1893 se trataba del proyecto formado por el arquitecto municipal para: “...La construcción de una alcantarilla desde junto de la casa del finado D. Domingo Aurrecoechea (a) “Chominchu”, hasta Ereaga...” Se hablaba de que aquella obra era necesaria para: “...Hacer desaparecer la inmundicias que salen de las casas situadas en dicho trayecto con prejuicio para la salud pública...” Hasta entonces esas aguas sucias bajaban siguiendo la cárcava del camino hasta llegar a la playa.

 

Y a pesar de que algún registro mal consignado podía haber librado del poco apreciado servicio militar, el 26 de enero de 1893, la perseverancia de algún responsable municipal corrigió el error, haciendo que la inscrita como “Eustaquia” (la cual había sido bautizada como niña), pasara a ser incluida en el alistamiento de mozos de 1893 como: “...Eustaquio Zarraga Corbera, hijo legitimo de D. Cosme Zarraga, nacido en esta localidad el día 22 de mayo de 1874…”

 

Ya se acercaban los días del Carnaval y las caretas y los capuchones hacían su aparición en los escaparates de las tiendas.

 

En la próxima entrada veremos cómo se estaban produciendo expropiaciones en algunas propiedades de la calle San Nicolás de Algorta.


jueves, 17 de septiembre de 2020

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO -176-



En la anterior entrada veíamos cómo se había desarrollado, con resultados satisfactorios, las pruebas de carga del Puente Aéreo construido entre Las Arenas y Portugalete.

A mediados de diciembre de 1892 los trabajos de acoplamiento de las aguas sucias a la red municipal se sucedían en Algorta y Las Arenas. En la zona de Ereaga lo hacían propietarios como D. Andrés Isasi y D. Vicente Suárez; mientras que en Las Arenas era D. Ramón Olavarria quien solicitaba: “...Permiso para injertar en el caño del municipio las materias fecales de los depósitos y escusados de su casa de Las Arenas...”

En este último barrio, el herrero D. Roque Ortiz de Zarate, realizaba trabajos de herrería en un local de Las Arenas para lavar las ropas de las personas atacadas por la viruela.

Como dato revelador de la red de comunicaciones ferroviarias de la época citaré los datos que recogía el diario “El Nervión” el 15 de diciembre de 1892: “...Existen hoy en Bilbao, donde tienen su representación unas veinte compañías de ferrocarril, que vamos a dar a conocer para que no se crea que exageramos: Tudela a Bilbao. -Bilbao a Durango. -Bilbao a Portugalete.-Bilbao a Las Arenas. -Bilbao a Lezama. -Durango a Zumarraga. -Amorebieta a Pedernales. -Elgoibar a San Sebastian. -Cadagua. -La Robla. -Luchana a Munguia. -Las Arenas a Plencia. -Triano. -Gallarta. -San Julián de Musques. -Galdames. -Orconera. -Luchana Mining. -Zorroza a dos Caminos, y otros más que no recordamos…” Como se puede ver era un gran red de ferrocarriles, muchos hoy ya desaparecidos.

Como dato curioso, tanto por el precio como por las viandas, recojo un menú que se sirvió el día 20 de diciembre de 1892 en el restaurante “Antiguo” de Bilbao: “...Cuyo precio fue de 3 pesetas vino incluido: Consomé de tapioca, aperitivos, Angulas de la Isla, conejo de monte al madeira, pollo asado, dulces y postre...”

Durante la noche del día 21 de diciembre de 1892 sucedían unos hechos, provocados por una cuadrilla de amigos de los ajeno en nuestro municipio que a decir de la prensa: “...Vagan por Las Arenas y Algorta una cuadrilla de malhechores, que esta pasada noche intentaron robar en la estación de Las Arenas...” Pero el dato que me interesa resaltar es el referido a otro asalto, este acontecido en Algorta, por la misma banda, que nos ayuda a situar una de las fondas de más renombre en la época, situada al final de la Avenida Basagoiti, cerca de “Chominchu”: “...Poco después los malhechores intentaron penetrar en la casa del Sr. Berreteaga (hijo) cerca de la Fonda San Ignacio de Algorta, los serenos del pueblo que les oyeron anduvieron a tiros con los ladrones...” Esta fonda, en el callejero de 1897, la situaban en la carretera en la “Carretera del Tranvía”, en el N.º 1 de dicha vía.


Por aquellos días, la clasificación de las cédulas personales realizada por el arrendatario de dicho impuesto era puesta en cuestión por el Ayuntamiento de Getxo, quien decidía enviar al Administrador Especial de Hacienda una copia de las listas solicitando su rectificación : “…Teniendo en cuenta las arbitrariedades cometidas e irregular y caprichosa, clasificación hecha para el impuesto de cédulas personales de este vecindario por el arrendatario de dicho impuesto, acuerda este Ayuntamiento autorizar al Señor Alcalde para que en representación de la Corporación, al hacer la remesa de las reclamaciones de los contribuyentes, eleve al Administrador Especial de Hacienda la más solemne protesta contra las citadas arbitrariedades cometidas por el arrendatario en la rectificación del padrón para dicho impuesto, y declare mal practicada dicha rectificación...” Las cédulas personales, como contaba en el capitulo XVI de esta serie, era un documento que cada vecino tenía asignado para pagar los impuestos,. Eran de diferentes clases dependiendo de la riqueza contributiva y económica de sus propietarios y de su relevancia social.

En el pleno del 22 de diciembre de 1892 se informaba del acuerdo logrado para la cesión de una parte del terreno de Dña. Timotea Larrauri para: “...El ensanche de la carretera travesía de Algorta, por la cantidad de 3.000 pesetas pagaderas a terceras partes entre la Diputación Provincial, el Ayuntamiento de Guecho y la Compañía del Tranvía de Bilbao a Algorta…” Este acuerdo fue anulado por la propietaria y el Ayuntamiento puso en manos de la Diputación la resolución del tema.

Y como ya entrábamos en las fiestas de navidad, la Corporación Municipal informaba de su asistencia a las misas que se iban a celebrar durante los días 25 de diciembre y 1 y 6 de enero. Mientras que en el Asilo bilbaíno se disponía que la cena de noche buena, que se iba servir a los asilados consistiría en: “...Berza en aceite, huevos en salsa, merluza frita, compota de manzana y ración extra de vino...”

En el pleno del 29 de diciembre de 1892 se informaba de un oficio de la Junta de Instrucción Pública de la Provincia, fechado el pasado día 22 de diciembre: “...Por el que se aprobaba el acuerdo adoptado por la Junta Local de Primera enseñanza de Getxo en el que se acordaba el traslado del maestro de Santa María, D. Valentín Cuartango, a la escuela de Algorta...”

Un hostelero de Las Arenas. D. José María Aramberria, dueño de un café restaurante en dicho barrio, viendo que las fechas navideñas, de los días 31 de diciembre y los días primero y 6 de enero, podían dar a su establecimiento una sustanciosa caja, solicitaba al Consistorio: “...Permiso para ampliar el horario de cierre de mi establecimiento hasta las 24 horas para dar bailes...” El Ayuntamiento le indicaba que: “… accedía con la condición de que ese horario, no podía ser alterado, de acuerdo con lo establecido en las Ordenanzas Municipales, pero que para los días indicados se aceptaba la petición, debiendo cuidar de que no se altere el buen orden que debe reinar en esas reuniones familiares...”

Getxo estaba creciendo y el Ayuntamiento necesitaba hacer caja, por lo que las ordenanzas municipales de la Construcción establecían en esas fechas que: “...En esta Anteiglesia se ha establecido la tarifa del un 1% del presupuesto de obra para atender con su importe los gastos que originan al Ayuntamiento los reconocimientos y otras operaciones periciales...”

En ese pleno del 29 de diciembre de 1892 se daba cuenta, de acuerdo con lo que establecía la Ley del 8 de febrero de 1877, de la formación y aprobación por parte del Ayuntamiento de Getxo: “...De la lista para la elección de Senadores, correspondiente al año 1893. La misma iba a quedar expuesta al público desde el día 1 la 20 de enero de 1893...”

Y con motivo de los injertos que se estaban realizando, de las aguas sucias, al colector municipal, volvía a salir a colación una vieja conocida de las arcas municipales: “…“El Arca de tres llaves”, en la que se depositaron 750 pesetas, fruto de los injertos realizados en el barrio de Las Arenas...”


Era el momento de efectuar los pagos pendientes del año, y se realizaron de la siguiente manera: A D. Francisco Ibatao y D. Gabino Beitia se le abonaron 29,60 pesetas por los trabajos realizados para la preparación de las fiestas del pasado verano. A D. Ángel Egusquiza y otras tres personas más se le abonaron 336 pesetas por las guardias, de día y noche, realizadas para evitar la propagación de la viruela; así como al farmacéutico de Las Arenas D. Fermín Unanue 8,50 pesetas por los suministros realizados para la desinfección de las casas de los vecinos donde se había producido la temida enfermedad.

Con motivo del fallecimiento, el día 22 de diciembre, del coadjutor de la parroquia de San Nicolás de Bari de Algorta D. Manuel Olazabalaga, acordaba el Ayuntamiento: “...Que en vista de las condiciones altamente recomendables que reúne el presbítero D. Fernando Ansoleaga, y además con la circunstancia favorables de ser hijo natural de esta localidad, se eleve por el Sr. Alcalde al Ilustrísimo Sr. Obispo de la Diócesis, una reverente exposición suplicándole se digne nombrar coadjutor de la citada parroquia al sobredicho presbítero...”

Finalizaba el año con una triste noticia: “...El vapor ingles “Samara” que en la marea de ayer salió de la fábrica “La Vizcaya” con carga, embistió con el vapor “Catón” que se hallaba cargando en el drop n.º 7 de la Diputación. Uno de los individuos que tripulaban la lancha, que resultó destrozada por la envestida cayó a la ría donde pereció ahogado, se trata del vecino de Algorta D. Antonio San Sebastián, quien deja un niño de un año...”

Pero dejaba en la prensa, en el “Noticiero Bilbaíno”, el último día del año, la noticia a la que hacía referencia el día 21 de diciembre de 1892 de los hechos provocados por una cuadrilla de amigos de los ajeno. Según narraba el diario, los hechos acaecieron de la siguiente manera: “...Iba la pareja de serenos vigilando el trayecto desde el Casino Algorteño hasta la Avanzada, cuando al pasar por la casa del Sr. Berreteaga (hijo) oyeron un ruido por el jardín de la parte que daba al mar, que es la que esta despoblada. Volvieron sobres sus pasos para saber de donde provenían los ruidos, nada más asomarse les dispararon atravesando el capote del cabo, los rateros emprendieron la huida. El resto de la fuerza de serenos acudió, tan luego como él la llamó con el pito de alarma, no pudieron capturar a ninguno de los rateros por al aspereza del monte que desciende hacia la playa y el arbolado de tamarices que facilitaba la ocultación. Acto seguido, el sereno y el Sr Berreteaga realizaron una inspección, tanto en el jardín como en el interior de la vivienda, encontrando una pistola de dos cañones y un puñal. El juez local se hizo cargo del caso ordenado una investigación, que dio lugar al hallazgo de unas pisadas que no correspondían a las del sereno, ya que este calzaba alpargatas y las pisadas denunciaban unos zapatos herrados, y otras de media suela. La investigación dio lugar a la detención del cabo y uno de los serenos, por la sospecha del Juez Local de que pudieran estar implicados...” A pesar de lo cual el Juez Instructor dictó la puesta en libertad de los serenos. Todo parecía bastante rocambolesco, ya que en días sucesivos parecieron en la prensa unos remitidos, bastante confusos sobre quién tenía y quién entregó el puñal, entre los miembros de la Guardia Civil del puesto de Las Arenas y algunos de los intervinientes, que más parecía una cuestión de celos profesionales. Cerró el tema el propio Alcalde de Getxo D. Santiago Diliz en una carta dirigida al diario bilbaíno el día 4 de enero de 1893.

En la próxima entrada veremos como se construyó una caseta en le barrio de Las Arenas junto al río Gobela para el lavado de las ropas de los infectados por la viruela.

lunes, 14 de septiembre de 2020

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO -175-



En la anterior entrada veíamos cómo algunos caminos de Algorta y Santa María de Getxo, a decir de los vecinos, resultaban intransitables debido a las obras del ferrocarril de Las Arenas a Plencia.

Continuando con los últimos días del mes de noviembre de 1892, el día 29 de noviembre saltaba a la primera plana del diario “El Nervión” la noticia que había publicado la revista madrileña “La Ilustración Española y Americana” del 8 de noviembre del mismo año, sobre la aplicación de la electricidad en las obras del Puerto de Bilbao: “...El público de las capitales y ciudades importantes se ha acostumbrado ya a contemplar sin maravilla o extrañeza las aplicaciones de la electricidad fuera y dentro de casa. Para cuantos han visitado recientemente y conocen el Abra de Bilbao bien saben cual es la soberbia empresa que se está poniendo en marcha. El genio civil se ha ocupado de la construcción de estos trabajos, para la construcción del nuevo Puerto de Bilbao, de la gran metrópoli del mineral de hierro del mundo, de manos del ingeniero Evaristo de Churruca. En realidad Bilbao o tiene Puerto, aquel Abra, en la que solo se puede avanzar por un canal bordeado movedizas arenas, que tantos buques ha destrozado, gracias al genio emprendedor de los bilbaínos y a la pericia y saber del señor Churruca, ha quedado abierto, franqueable, seguro, y de comunicando la ría y el mar, con toda clase de mareas, a todas horas del día y de la noche. La prolongación del muelle de Portugalete en una longitud de 800 metros ha realizado tal progreso, habiéndose aumentado la profundidad constante, utilizable para la salida y entrada de los buques en 2 metros 13 centímetros. El contramuelle que saldrá de Punta Begoña, bajo Algorta, de 1072 metros dará un abrigo y refugio mayor que el de Mahón y Barcelona. La exportación de mineral ha evolucionado desde 1.086.639 kilos de 1878 a los 3.545.478 en 1891. El avance en las obras se debe a una máquina de vapor Compound, de 60 caballos de fuerza, que comunica a una maquina dinamo-eléctrica , que desarrolla una fuerza electromotriz de 220 voltios y una corriente de 200 amperes. La electricidad transmitida sirve para mover los bloques de 100 toneladas. Desde hace ya nueve años están acostumbrados en el Abra y la ría de Bilbao a la electricidad ya que están alumbradas por luz eléctrica, con 29 lamparas de arco voltaico de del sistema Brush. En el extremo de Portugale luce un aparato catadióptrico, construido por la casa Henrry Lepante. Lo que ha permitido que durante 1891-1892 entren de noche a puerto 1,356 vapores y 191 buques de vela. Tal es la poesía de los números en el Puerto de Bilbao...” Firmaba aquel informe, de más amplio contenido, R. Becerro de Bengoa. En aquellos años había una línea de vapores que saliendo de Bilbao rumbo a Sevilla recorría los puertos de Coruña, Vigo y Cádiz, además de los de Londres y Amberes.

Los servicios del Puerto eran muy diligentes a la hora de autorizar el acceso a nuestros muelles, pocas fechas antes se había prohibido la entrada a puerto del vapor inglés “Pawnee”: “...Por falta de agua en la barra para el calado que traía, ya que en dicha marea no había más que 30 pies de agua, no dándose por el piloto de servicio mas de 21 pies de calado al vapor..." Sin embargo, se reclamaba en la prensa la presencia de un perito: “...Encargado de ver si se puede cruzar la barra, tanto a la entrada como a la salida, comprobando el calado que marca el piloto y vigilar si los pilotos mayores hacen cada día el sondeo de la barra...” Hablaban de que el servicio que rendía el Puerto suponía 80.000 pesetas anuales a las arcas del mismo.


Como dato curioso-histórico decir que el día 4 de diciembre de 1892, según contaba el diario “El Nervión”: “...Se había producido el jueves pasado, con resultados satisfactorios, las pruebas de carga del airoso Puente aéreo construido entre Las Arenas y Portugalete. Se va a inaugurar hoy, a las doce de la mañana, el nuevo puente colgante construido en la Sendeja de Bilbao. El cual va a ser bendecido por el capellán del convento de la Merced D. Román Pagua...”

Comenzaba diciembre de 1892 y en el pleno del Ayuntamiento de Getxo se informaba de la aprobación, por parte del Gobernador Civil de la Provincia, de la aprobación de las Ordenanzas de Construcción de esta Anteiglesia.

En esas mismas fechas el camino que iba desde Machicortiñe hasta la encrucijada de Diliz era objeto de las reclamaciones vecinales por su mal estado: “...D. Ramón Osticoechea y otros vecinos de la barriada de Santa María solicitamos la reposición de dicho camino...” El Ayuntamiento acordaba dejar en manos del Regidor Sr. Camiruaga dicho cometido: “...Ya que es el encargado de la reposición de los caminos de Santa María por prestación vecinal según costumbre...”

Algunas veces cierto tipo de arbolado pagaba los platos rotos respecto a especies más apreciadas, fue el caso de los cinco chopos existentes en la plaza del mercado (San Nicolás) que fueron eliminados: “...Para proteger a los árboles plátanos que se encuentran próximos a ellos en dicha plaza…”

En esos días de comienzo de diciembre de 1892 el Ayuntamiento de Getxo acordaba: “...Pasar a la comisión de obras el expediente en tramitación para la construcción de un matadero cerca del depósito de aguas en el barrio de Algorta, así como de la adquisición de un terreno para emplazarlo por reunir mejores condiciones que el designado en un principio, hallarse mejor situado, requerir una menor construcción de muros. Así como la venta de la casa matadero existente y sus tierras, en 4.000 pesetas, para alivio de las obras del nuevo proyectado...”

En el informe del ferrocarril de Bilbao a Las Arenas que se publicaba el 7 de diciembre de 1892, respecto del anterior de 1891, se veía una caída tanto de viajeros como de la mercancía transportada. Esta caída venía siendo sostenida en el tiempo: “...Mientras que en 1891 el número de viajeros había sido de 64.710, en diciembre de 1892 dicho número era de 49.893 y el total de kilogramos transportados era en 1891 de 1.598.537 kilogramos, mientras que en 1892 lo era de 731.447 kilogramos...” Por lo que sus rendimientos habían caído alrededor del 8% respecto del año anterior.

En el mismo pleno del Ayuntamiento de Getxo del 7 de diciembre de 1892, a petición del Comisionado de Venta de Bienes Nacionales de la Provincia, el consistorio acordaba remitirle: “...La relación de fincas que administra este municipio formadas según el inventario realizado en el año de 1890...”

Una semana después de haber acordado la construcción de un matadero cerca del depósito de aguas en el barrio de Algorta, en un terreno perteneciente a la casa “Santiena”, decidida el consistorio: “...Que teniendo presente que es preciso e indispensable la pronta ejecución de las obras del expresado matadero, aprobamos en todas sus partes dicho expediente poniendo en secretaría el mismo a disposición del público...”


Y como vaticinio del duro invierno que se avecinaba, la noche del 12 de diciembre de 1892 caía una fuerte helada que dejaba todos los campos: “...Completamente blancos, a semejanza de lo que suele quedar después de una fuerte nevada…” Decían en la prensa: “...Tarde se presenta el frío, pero viene arrogante...”

Y como si hubiera sido un presagio de la noticia de la falta de agua para el caldo de los vapores, que decía con anterioridad, el 13 de diciembre de 1892 informaban los diarios “El Noticiero Bilbaíno” y “El Nervión” de la varadura, al intentar cruzar la barra, del vapor ingles “Reggio”: “...El cual venía con cargamento de carbón, haciendo la travesía desde el puerto de Newport hasta el de Bilbao para los Sres. Bergé y Compañía. Al intentar cruzar la barra, los remolinos de la mucha corriente del agua, lo hicieron perder el rumbo, teniendo que dar fondo entre la barra y la torre vieja de señales, haciéndole la corriente dar ciaboga en redondo, quedando con la proa para fuera. El vapor tocó con el timón en la escollera del nuevo muelle de hierro de Portugalete, marchando al banco del N.E. varando en él. A causa de esta varadura, el piloto mayor no dio entrada a ningún otro buque...”

En la próxima entrada veremos como en un local de Las Arenas se lavaban las ropas de los infectados por la viruela.