Para
no hacer una entrada excesivamente larga voy a dividir esta en tres
partes, la primera va desde 1.876 hasta 1.924, la segunda desde
1.927 hasta 1.976 y la tercera recogerá las vivencias de algunos de
sus protagonistas.
Cuando
se habla del Matadero seria mas propio hacerlo de “Los
Mataderos”, Getxo ha tenido a lo largo de su historia
varios lugares dedicados al sacrificio de reses, corderos, cerdos,
etc., aunque tambien correponderia denominarlo “carniceria”,
pues asi era denominado al principio.
En
1876 se establecian por primera vez las condiciones para el
arriendo de arbitrios, en el se hablaba de la Casa Matadero, se decia
que disponia de habitación, huerta y abasto de venta exclusiva de
carnes fresca para todo el pueblo. Al estar la zona de Andra Mari,
posible localización de aquel Matadero, ocupada por las fuerzas
Carlistas, en la subasta no salio a remate publico aquella venta.
El
12 de Octubre de 1.878 Francisco Ciriaco de Menchaca presentaba
un proyecto de matadero a construir en un lugar denominado
“Asuarkana”, en el Puerto Viejo de Algorta, parace
ser que existia otro situado en las inmediaciones de viviendas de
personas acomodadas, no disponiendo en sus proximidades agua y lugar
donde verter los despojos, los desagradables olores de la sangre y
tripas, provocaron quejas, por lo que se pensó en trasladar dicha
instalación al Puerto Viejo, se decia que aquel lugar tenia
manatiales y era facil el vertido de sangre y despojos a la rivera,
lugar donde no transitaban personas, por lo que la limpieza seria
mediante las aguas de Aretxondo y las mareas.
Aquel
edificio constaba de 2 plantas, en la baja se hallaban el matadero,
que tenia en el techo los railes para desplazar las piezas de carne,
en la segunda planta, dos despachos y un W.c.; la segunda disponia de
un cuarto, un carrejo de salida de las carnes y una cocina.
El
bombeo a la ribera se hacia mediante una bomba aspirante e impelente,
aquel presupuesto ascendío a 9.806,64 pts.
En
1.880 se presentaba otro proyecto para la construcción de un
Matadero en Iturribarri (Estrada de Tosu), aquellas obras tras la
aprobación municipal, correrian a cargo de Luis Lasa.
El 13 de Febrero de 1.890 se presentaria en el Pleno Municipal una propuesta, para la construcción de un nuevo matadero, debido a las denucias formuladas por la Policia Urbana y la Junta Municipal de Sanidad, se decia en aquella sesión que el matadero existente no reunia condiciones higienico sanitarias, debido a la falta de ventilación, poca capacidad y dificultades en las comunicaciones, por lo que recomendaban la construcción de uno nuevo. Se puso en venta el viejo matadero y sus tierras para sufragar la construcción del nuevo.
En
Septiembre de aquel año se procederia a la compra de un terreno, 5
peonadas, cercano al anterior, propiedad de Juana Arecheta dueña de
la casa denominada “Santiena”, que lindaba con otro
terreno de propiedad municipal, en el barrio de Alango, que dada la
superfie de la suma de ambos hacia factible la construcción del
nuevo matadero. El Arquitecto Municipal Eladio Iturria quedó
comisionado para la presentación de un proyecto de construcción, el
29 de septiembre de 1.892 presentaba el pliego de condiciones y
presupuesto valorado en 32.206,26 pts.
El
2 de Febrero de 1.893, el Alcalde de Getxo Santiago Diliz, daba
curso a la subasta publica para la construcción de aquel matadero,
el día 3 de Febrero se adjudicaba a Domingo Zubizarreta la
construcción del mismo, cuyo coste finalmente ascenderia a
35.487,96 pts., obras que finalizaron el 5 de Abril de 1.894, la
recepción definitiva del Matadero se realizó el 14 de Mayo de
aquel año.
El
26 de Mayo de 1898 el consistorio establecia las condiciones para
el arriendo del Matadero del punto de Santiena, casa de despacho de
Alangoeta y Altamira, para el abasto de de “carnes frescas”,
vacuno, lanar y cabrio, en venta libre durante aquel año de 1.898 a
1.899, los arbitrios para la carne eran de:
Kg.
de carne de res sacrificada en el Matadero Municipal 0,16 Pts.
Kg.
de carne de fuera del Municipio 0,18 Pts.
Kg.
de carne de res sacrificada en las hermandades formadas en el Municipio e
inutilizadas para el trabajo 0,80 Pts.
Kg.
de carne de res sacrificada en las hermandades formadas en el Municipio e
inutilizadas para el trabajo y salada 0,10 Pts.
Cada
oveja, carnero y cabra 0,75 Pts.
Kg.
de oveja, carnero y cabra 0,04 Pts.
Cada
cordero y cabrito de año 0,25 Pts.
1/2
de cordero y cabrito de año 0,13 Pts.
1/4
de cordero y cabrito de año 0,07 Pts.
Por
cada res que excediera de 90 kg. de peso en concepto de agua y
edificio 2,00 Pts.
Por
cada res que no llegara a 90 kg. de peso en concepto de agua y
edificio
1,00 Pts.
La
base de aquella subasta era de 42.000 pts., los menudos y despojos de
las reses sacrificadas solamente abonaban la tercera parte de los
derechos, se entendia como despojos al vientre límpio o vacío,
asadura o pulmones, cabeza, lengua, extremidades, hígado, bazo,
riñones, sebo, corazón y entrañas, solamante los cuatro cuartos de
la canal, pagaban el 100% de los derechos.
Aquel
remate ocupaba las casas de despacho situadas entre el Casino
Algorteño y la casa denominada “Numancia”, asi
mismo se exigia tener un local igualmente adecuado para el barrio de
Las Arenas, quedando prohibida la venta de carne de toro, se advertia
que seria decomisado el genero y multado el infractor con 50 pts., se
ponía una penalización extraordinaria en los casos de introducir
clandestinamente corderos y cabritos, castigandose con el duplo de
los derechos. Se advertia de la obligatoriedad de que las carnes
sacrificadas fuera del matadero tenian que pasar por la inspección
del veterinario municipal.
Las
carnes sacrificadas fuera del Municipio tenian que ser pesadas en el
Matadero Municipal, excepto las que fueran para el barrio de Las
Arenas, las cuales tenian que ser pesadas en el “fielato”
de dicho barrio, aunque previamente debian ser inspeccionadas por el
veterinario local.
El
precio para la carne se establecía tomando como referencia el de la
Plaza de Bilbao, que era publicado por los diarios y la revista
mercantil. El rematante de aquella subasta, ademas de las medidas
enunciadas, tenia otras obligaciones tales como el colocar, todos los
días desde la salida del sol hasta su puesta, una tablilla en el
exterior del fielato de Las Arenas, en la que tenia que poner los
arriendos sujetos al pago de derechos, y otra en cada una de las
expendedurias que tuviera en el barrio de Algorta. Con aquel
arriendo resultó agraciado Emeterio Camiruaga.
En
Octubre 1.900 se construyo una tejavana para quema de cerdos, el
importe de aquella obra, incluyendo la caldera, ascendia a 487 pts.
En
1.905 se aprobaba un nuevo reglamento del matareo de Alango, en
el que se iba estableciendo las normas para la inspección de las
carnes, se nombraba un “Inspector de Carnes”
(Veterinario), normas para los abastecedores y matarifes, ventreras y
conserje. Se establecian los horarios para la matanza (de 8,30 a 12)
y para el pesaje (a las 14,30), entre las normas se decia que quedaba
prohibido inflar las reses o sus despojos con la boca, teniendo que
realizarse aquel trabajo con un fuelle, tambien se describia las
condiciones del transporte de la mismas, indicandose que los carros
debian de estar limpios, no permitiendose la conducción ni a hombros
ni sobre caballerias.
En
1.907 se nombraba como conserje a Juan Zarraga, por fallecimiento
de Juan Antonio Miragay, que hasta entonces venia ocupando esa plaza,
se exigia el conocimiento del Euskera para ocupar la misma, el sueldo
establecido para aquella plaza de “Guardia Municipal diurno
encargado del Matadero” era de 1.095 pts., el 17 de Junio
de 1.907 era nombrado por el entonces Alcalde Julio de Iriondo.
El
28 de Octubre de 1.913 se establecia un nuevo impuesto para las
matanzas en aquel Matadero, se incluian nuevas tarifas, debido a que
con bastante frecuencia se sacrificaban reses en días festivos, días
en que el matadero debia de permanecer cerrado, por lo que se
establecia que toda res sacrificada fuera de las horas establecidas,
previa justificación, tenia que abonar, ademas de las tarifas
establecidas, un suplemento de 5 pesetas en dias laborables y de 10
en festivos.
En
el libro diario de recaudaciones se recogian todos los datos
referidos a los nombres de propietarios de reses, poleajes de (vacuno
con pesos superiores e inferiores a 180 kg., de carneros y cabras,
de cerdos y derechos de peso, y se anotaban los importes recaudados
en 1.913, (ver resumen del año 1.913 en la fotografia inferior).
En
1.914 se acometian obras de reforma del Matadero, consistentes en
arreglo de dos de los cuerpos salientes del mismo y la construcción
de un quemadero, obra que fue adjudicada a Evaristo Libano por un
importe de 1.050 pts.
El
25 de Diciembre de 1.920 las “Hermandades de Ganaderos”
(ganado vacuno y cerda), de la Anteiglesia se dirigian al consistorio
solicitando que se les eximiera del pago de tasas por el sacrificio
de las reses, ya que ademas de muy gravoso, la mismas habian
desaparecido en varios pueblos de la provincia y de la capital
(Bilbao), el día 2 de Enero el consistorio aprobaba la supresión de
aquellas tasas, previo informe del Veterinario Municipal.
El
18 de Agosto de 1.924 se modificaban los articulos 14 y 15 del
Reglamento del Matadero, en el primero de ellos se hacia referencia a
la limpieza del interior de la res una vez sacrificada, indicando que
la misma se realizaria con un trapo, sin eliminar sebo ni carne
mediante cuchillo, teniendo sumo cuidado para que en los cuellos no
hubiara nada de tejido celular; en el segundo se indicaba que se
tuviera mucho cuidado, para que al extraer el sebo de la riñonada,
quedara intacta la tela (peritoneo), quitando el cuerpo de la ubre en
la vacas, y la verga en los bueyes y novillos, dejando toda la
bragada intacta.
El
9 de Octubre de 1.924 se relataba la relación de las reses
sacrificadas en el Matadero Municipal de Getxo en el tercer trimestre
de aquel año:
Las
reses de vacuno de mas de 180 kilos de peso ascendian a 635 ud.,
los derechos cobrados por polea y peso ascendian a 1.270 pts., el
precio por kilo era de 2 pts.
Las
reses de vacuno de peso inferior a 180 kilos de peso ascendian a 354
ud., los derechos cobrados por polea y peso ascendian a 354 pts., el
precio por kilo era de 1 pts.
Los
carneros sacrificados ascendian a 95 ud., los derechos cobrados por
polea y peso ascendian a 95 pts., el precio por kilo era de 1 pts.
Los
cerdos sacrificados ascendian a 155 ud., los derechos cobrados por
polea y peso ascendian a 155 pts., el precio por kilo era de 1 pts.
En
la recaudación por derechos de polea y peso, los derechos de peso se
cobraban a razon de 0,40 pts. la unidad, incluyendo los sacrificios
en domicilio, aquellos ingresos ascendieron en aquel año a 2.331,60
pts.
En
los proximos años el Matadero iba a experimentar una serie de
mejoras que lo irian modernizando, aunque aun tenian que pasar varios
años, hasta que algunas condiciones “penosas” de
trabajo mejoraran, seria a mediados de los 70.
En
la proxima entrada recogeré la vida del Matadero entre los años
1.927 hasta 1.976.
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