Siguiendo
con las entradas relativas al servicio de correos y telégrafos, hoy
traigo a estas páginas cómo fueron aquellos inicios del servicio
regular.
Como
decía en la entrada del miércoles 13 de febrero de 2013 “Carros
y caballerizas en Getxo”, el correo entre Bilbao y Algorta
en 1.847 sólo se recibía tres días a la semana (lunes, jueves y
sábados). La comunicación entre Bilbao y Algorta se realizaba, en
1.864, por una diligencia denominada “La Paloma”,
coche muy pequeño y de color amarillo. A ella iban enganchados
cuatro animales de tiro, un macho de gran alzada, un caballo de
aspecto ruin, una mula de no mejor aspecto y un viejo caballo blanco
y huesudo más adelante. Ante el incremento de viajeros, se incluyó
una diligencia con mayores comodidades: “El Joven Faustino”.
La
construcción de caminos que enlazaban los barrios con los centros de
población (Las Arenas, Algorta) con Bilbao tuvieron gran
importancia. La red de carreteras de más enjundia se empieza a
realizar a mediados del siglo XIX (1.850) en Getxo. Entre ellas, las
comunicaciones de la “Avanzada” con Las Arenas,
Berango y Ereaga.
Poco
tiempo más tarde entrarían en funcionamiento el tranvía de Bilbao
a Las Arenas y Algorta (1877), eléctrico desde (1896); el
ferrocarril de Bilbao a Las Arenas (1.887), y de Las Arenas a
Plentzia (1.893); y el Puente Bizkaia, que unió ambas margenes de la
Ría (1.893).
Volvamos
a las comunicaciones mediante el correo:
En Getxo
y hasta mediados del siglo XIX dichas comunicaciones eran escasas o
muy deficitarias. Los mensajes se realizaban mediante diligencias
conducidas por caballos, lo que hizo que a mediados de dicho siglo,
el Ayuntamiento de Getxo se viera en la tesitura de tener que
organizar un servicio de correos rápido y eficaz, pero sobre todo
diario. Este medio de transporte continuaría hasta la irrupción del
tranvía y el ferrocarril.
Así
quedaba recogido en el acta del 20 de Noviembre de 1855. En dicha
sesión, bajo la presidencia del entonces Alcalde de Getxo, Valentin
de Eguiraun, se plasmaban los motivos por los que se debía de
proceder de forma urgente, a la reorganización del servicio
municipal de correos, para que el funcionamiento del mismo fuera
diario. Entre dichas consideraciones se hablaba del importante
aumento de población, que como hemos visto anteriormente, empezaba a
ser importante. Además, en esos años existía un importante flujo
comercial con la península, las Antillas, Europa y lo que
denominaban “Las Américas”.
A tal
fin se creó una comisión compuesta por los señores D. Antonio de
Artega y D. Miguel Antonio de Uriarte, con el encargo de formular
“...un proyecto, bajo las bases mas ventajosas, con atención
a las circunstancias y rendimientos de la correspondencia, por un
quinquenio...”.
Dicho
acuerdo no fue aceptado por los ediles que se había nombrado para
tal menester. El 7 de Diciembre de 1855, se celebró una sesión
ordinaria en el Ayuntamiento de Getxo. En dicha sesión se daba
cuenta del estado del proyecto de correo diario. El regidor municipal
daba cuenta de la negativa y pasaba a establecer la condiciones de
aquel nuevo servicio:
Como
primer punto se acordaba la creación de dicho servicio diario para
la conducción de la correspondencia.
En su
segundo punto se establecía abonar de los fondos municipales la
cantidad de 4 reales diarios para satisfacer el costo del servicio
del conductor del correo, exceptuando los domingos y festivos.
En el
tercer punto de las condiciones se acordaba que el conductor no
podría recibir ninguna otra cantidad del municipio por dicho
servicio.
En el
cuarto punto se decía que el encargado del servicio recaudaría 12
maravedís, (antigua moneda medieval utilizada entre los siglos XI y
XIV, que sirvió como unidad de cuenta hasta el siglo XIX, acuñada
por primera vez por los almorávides, con origen etimológico árabe),
por cada carta, pliego o bulto que contuviera la valija; 6 reales por
trimestre a los periódicos diarios y cuatro para los no diarios.
En el
quinto punto se establecía una retribución de 4 reales por carta o
bulto para el encargado administrador, por su trabajo de distribución
y reparto de la correspondencia en su despacho, formación de listas
y cuentas.
En el
sexto punto se decía que tanto la correspondencia municipal, como la
de la judicatura y el boletín oficial quedaban exentos de pago.
En el
séptimo punto se establecía la retribución de 4 reales para Maria
Rita de Elorriaga, antigua conductora de la diligencia, que se
encontraba imposibilitada, a quien se le abonarían de forma
vitalicia en concepto de jubilación.
En el
octavo punto se establecía que el resto de la recaudación iría a
beneficio de la Caja Municipal para pago del suplemento del conductor
u otras incidencias.
En el
noveno y último punto se encomendaba al administrador o encargado la
responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el espíritu que animaba
aquel acuerdo, que queda a expensas de la aprobación por “la
superioridad”.
Firmaban
el acta del acuerdo Valentin de Eguiraun, Antonio de Retureta, Juan
Bautista de Sarria, Juan Cruz de Ajuria, Pedro de Momoytio, Simón de
Egusquiza e Ignacio de Arias (secretario).
El 7 de
Diciembre de 1855 se establecían las condiciones de trabajo de la
persona encargada de la conducción del correo:
Entre
ellas se acordaba que los futuros conductores fueran varones, con
edades comprendidas entre los 16 y 50 años y sin defecto físico.
Así mismo se indicaba que el conductor podría valerse de caballería
para realizar el servicio, debiendo comenzar el mismo a primera hora,
nada más recibir el correo, no pudiendo pararse en el recorrido, ni
en su propia casa. Tampoco podría llevar valijas ajenas al servicio,
ni hacer entrega de encargos bajo la multa de dos ducados (Antigua
moneda de oro, acuñada entre finales del siglo XV y mediados del
XVI, y utilizada como unidad de cuenta, equivalente a 375
maravedíes).
El
conductor debía de esperar en Bilbao a la llegada del correo diario.
En invierno (de Octubre a Marzo) hasta las doce del medio día, y en
verano (de Abril a Septiembre) hasta las 14 horas. Pasado aquel
horario podía volver con la correspondencia que hubiera llegado, o
esperar al día siguiente en el caso de que no hubiera llegado
correspondencia alguna. Pudiendo pernoctar en Bilbao. Debía traer un
justificante del encargado de Bilbao de no haber recibido
correspondencia ese día.
También
se establecían las condiciones de trabajo del encargado del despacho
de correos:
El
encargado de la oficina de correos debía tener abierta la misma, por
la mañana de 8 a 12 horas, por la tarde desde la 14 a la hora de la
“oración angelical” diariamente. Se hacía
excepción de los domingos y festivos, que estaría abierto hasta las
10 de la mañana. A la llegada del correo el encargado debía
elaborar unas listas de lo recibido y exponerlas al público.
Debiendo expender y cobrar lo estipulado así como rendir cuentas
trimestralmente al Ayuntamiento.
Si la
llegada del correo o valija era más tarde del horario establecido,
pero antes de las 21 horas, se debía de despachar la correspondencia
a cualquier habitante de Getxo que lo solicitara, no siendo
obligatorio hacerlo si pasaba en exceso la hora citada. Así mismo,
si cualquier vecino por olvido o ignorancia, dejaba de recoger su
correspondencia, se le enviaba a domicilio debiendo de abonar 4
reales. Tenía obligación de tener y expender sellos de franqueo
para la península y ultramar. Para la prensa y correo de otras
poblaciones se establecía un sobre coste.
El 9 de
Diciembre de 1855 se remitía carta a la Diputación informando de la
puesta en servicio de aquel correo diario, con un presupuesto anual
de 500 reales, y se solicitaba su aprobación.
El 12 de
Diciembre de 1855 eran aprobadas por la Diputación General de
Bizkaia las condiciones del servicio de correos establecidas por el
Ayuntamiento de Getxo.
En la
próxima entrada iremos viendo los pasos que se dieron hasta el
cambio de siglo.
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