El
lugar destinado a la última morada de los difuntos, ya desde tiempos
inmemoriales, ha venido siendo un elemento de preocupación y
controversia. En una primera época fueron propiedad eclesiástica,
más tarde se produjo su laicización. En el Derecho romano, los
cementerios, como todo lugar en el que se practicase un
enterramiento, eran calificados como “res
sacrae”
(cosas sagradas).
Los
lugares donde albergar los cadáveres. Los cristianos tenían derecho
a ser enterrados en el interior de los cementerios (Campo Santo). Los
otros eran expulsados fuera de sus muros. En el siglo XIX este asunto
comenzó a generar controversia. La preeminencia canónica sobre el
interés municipal se impuso. Así, quien no estaban dentro de las
normas eclesiásticas fueron destinados a yacer fuera de los muros
del cementerio. La primacía de las normas negociadas entre el
gobierno e iglesia, establecieron como precepto Concordatario en
1851, que no se pusiera impedimento de ningún tipo a prelados o
ministros de la Iglesia en el ejercicio de sus funciones. La Iglesia
Católica adquirió el derecho de disponer de cementerios propios, o
en su defecto, a que fueran bendecidos los cementerios de la sociedad
civil.
Con
la Revolución de 1854 se dio paso a la construcción de cementerios
civiles. La Ley de 29 de abril de 1855 permitirá la conducción,
depósito y entierro con el debido respeto a los restos de aquellas
personas que murieran fuera de la comunidad católica. Y establecía
que donde esos recintos no fueran creados, los alcaldes y
ayuntamientos debían de tomar las medidas para evitar cualquier acto
de profanación. Pero la prevalencia de la Iglesia seguía siendo
determinante.
Una real Orden del 18 de marzo de 1861 otorgaba la
custodia de la llaves de los cementerios a los párrocos, estuvieran
construidos con fondos municipales o no.
En
cuanto a la conducción del finado, el rito que casi siempre se
repetía, era el de un cortejo presidido por la cruz parroquial,
portada por el sacristán, monaguillo o clérigo; también por un
vecino, seguidos por el presbítero y los portadores de luces
(faroles); tras ellos iba el cadáver, seguido de los familiares y
vecinos. El orden de la comitiva era: en primer lugar, los hombres y
tras ellos, las mujeres. El camino funerario era un itinerario
marcado por las costumbres locales. En algunos lugares, como en Andra
Mari (Sta. Maria de Getxo), se conserva la costumbre de entrar al
templo; los de Goiherri
por arriba, los de Beharri
por abajo. Algunos templos tenían como adornos, suspendidos de sus
techos, maquetas de barco, quizá para reafirmar su tradición
marinera. Pero este punto lo trataré más adelante.
Antes
de comenzar este artículo sobre los enterramientos en Getxo, había
planeado tratarlo según un escrito de un libro de decretos de 1866.
Pero más tarde, tras consultar algunos expedientes municipales, he
decidido ampliarlo y realizar un recorrido por los distintos “Campos
Santos”
de nuestro Pueblo. Y también sobre el hecho que dio origen al mismo:
“...Preparar
el campo Santo de San Nicolas como un local decoroso y seguro
destinado a depósito de cadáveres...”.
LOS
CEMENTERIOS DE ANDRA MARI (STA. MARIA DE GETXO):
El
primer cementerio de Getxo fue el de la iglesia de Andra Mari (Sta.
Maria de Getxo). Hasta 1811, en la Anteiglesia de Getxo, no existió
otro cementerio que el de las llamadas “127
sepulturas”,
que se encontraban situadas en el interior de la iglesia de Andra
Mari. Los antiguos enterramientos estaban en el presbiterio (Parte de
la iglesia donde está situado el altar mayor). Esta zona estaba
destinada a las jerarquías, (Presbíteros y personalidades de cierto
rango). A lo largo de la nave central y bajo ella estaban los
enterramientos del pueblo llano, sobre todo en la zona delantera.
También dentro de ella, bajo el coro, existió una tumba cementerio,
lugar donde los extranjeros eran inhumados. Sobre esa fosa común
colgaba un Vera Cruz. En ella fue enterrado un tal “Philippe
Cobián”,
que falleció en Getxo el día 9 de enero de 1650. Quien a decir de
algún escribano era: “...extranjero,
peregrino y buen cristiano...”.
Hasta 1831, todos los enterramientos se realizaban en la Iglesia
Matriz (Andra Mari), aunque al parecer las casa antiguas disponían
de sus propias sepulturas, situadas generalmente bajo los aleros de
los caseríos o arrimadas a sus muros. Concluida la primera guerra
carlista 1833-39, las tumbas del interior de la iglesia de Andra Mari
fueron inhabilitados.
En
1811 se inició la construcción del cementerio adosado a la Iglesia.
Con anterioridad había existido otro cementerio junto a la iglesia
de Andra Mari. Este nuevo lugar de enterramientos era una
prolongación de la iglesia, de propiedad parroquial. Estaba
totalmente amurallado, disponiendo en su entrada de una portalada
monumental, con grandes puertas de hierro. El responsable del cuidado
de dicho campo santo era el sacristán de Andra Mari D. Justo de
Barrenechea, quien en julio de 1870, presentaba una queja por la
escasez de medios y herramientas para poder atender dicho lugar. El
consistorio de Getxo acordaba, que puesto que también el de San
Nikolas carecía de ellas, se construyeran y compartieran (dos cacos,
dos azadas y dos palas) para el mantenimiento de ambos cementerios.
En 1868 se entarimó todo el suelo de la iglesia.
En
marzo de 1892 los accesos al cementerio causaron algunas protestas.
Al parecer, la entrada al antiguo cementerio de Sta. María, había
sido cerrada. Las paredes del antiguo cementerio habían sido
realizadas en 1892 por el cantero D. Juan Arrieta. El paso
transcurría por encima de algunas sepulturas del antiguo cementerio.
El antiguo camino de acceso estaba en terrenos de D. Ignacio Arias,
que era apoderado de las propietarias, su madre y hermana Dña.
Andresa de Menchacatorre y Dña. Adelaida de Arias. Se formó una
comisión presidida por los entonces concejales Sres. Ajuria y
Azcorra, encargada de negociar con el propietario de los terrenos que
circundaban al cementerio, a fin de renovar el antiguo camino de
acceso y reponer y arreglar el antiguo cementerio. Dicho propietario,
conocido por su buen hacer para el pueblo, facilitó disponer
gratuitamente de parte de su terreno para reponer el acceso al
cementerio, por donde había estado anteriormente. La única
condición que puso fue la de realizar una pared de tres a cuatro
pies de altura en toda la longitud que daba a su propiedad y realizar
una puerta más abajo para poder acceder a la misma.
En
la próxima entrada veremos la toma de conciencia por parte del
consistorio para la construcción del nuevo cementerio, el del
“Cementerio
de Nuestra
Señora del Carmen”
en Bostgarrena. Al finalizar la serie sobre los cementerios de Andra
Mari (Getxo), incluiré las fuentes a partir de las cuales he escrito
esta pequeña historia de los cementerios de Getxo.
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