jueves, 20 de abril de 2017

LAS TASAS EN GETXO


Las Tasas, esos impuestos tan poco agraciados, que los ciudadanos vemos muchas veces llegar sin que seamos capaces de entender, más allá del precio fijado en el recibo. A lo largo de los años han ido cambiando de formato, y qué decir del importe, algunos ya casi olvidados, podemos conocerlos gracias a que, alguien guardaba en un cajón con gran celo esos documentos que el fisco local te ha enviado. ¿Quién sabe si para asegurarse de nadie discutiera que esas propiedades eran suyas?.

Los modelos de los documentos de pagos por Contribuciones Rústicas, Urbanas, tasas de alcantarillado, plagas del campo, Cámara Agraria, Cámara de la Propiedad. Alguna de curioso nombre como la “Riqueza Rustica Amillarada”, que era un impuesto a la relación de los dueños o usufructuarios de bienes inmuebles y ganadería que hubiera en cada municipio. Eran con, todos esos y otros “nombres”, los que asaltaban nuestros recaudadores a los vecinos de Getxo a mediados del Siglo XX.

Pero no es el objeto de esta entrada hacer una crítica del cobro de impuestos, si no ver como eran aquellos ya desaparecidos recibos, que algunos de forma trimestral llegaban a algunos hogares, y que seguro no eran recibidos con gran entusiasmo. El interés radica en que ya han transcurrido más de 70 años de la emisión de los mismos. Obviamente he quitado el nombre de los recibos, porque no aporta nada de interés el conocer sus destinatarios, pero sí decir que corresponden al área geográfica de Andra Mari (Getxo). Recibos a los que el inquisidor de turno añadía, por si alguien no recordaba quien había ganado la guerra, el sello azul de !Arriba España!.


El más antiguo de 1943 de esta serie es el correspondiente a “Servicio de Plagas del Campo” por el que se pagaba 0,25 pesetas y venía expedido desde Bilbao.



Le seguía otro de 1944 correspondiente a “Contribución Territorial de la Riqueza Urbana”, correspondiente al cuarto trimestre del año, por el que se abonaban 161,25 pesetas.


Otros como este de 1945 de la “Cámara de la Propiedad Urbana de Guecho”, correspondiente al segundo semestre del año, ascendía a 29,50 pesetas.


El recibo de curioso nombre “Riqueza Rústica Amillarada” de 1946, correspondiente al cuarto trimestre del año, suponía una tasa de 72,98 pesetas.



El siguiente recibo de 1947, correspondía a la “Contribución Territorial” relativo al registro fiscal de edificios y solares, del cuarto trimestre del año, cuyo coste ascendía a 232,20 pesetas.



El de 1948 correspondiente a la “Contribución Territorial” de la riqueza rústica amarillada, del tercer trimestre del año, venía cargado con 91,37 pesetas.



El de 1948 de la “Contribución Territorial” de la riqueza rústica Amillarada, correspondiente al primer trimestre, era de 91,37 pesetas.


El de 1949, de la “Contribución Territorial” de la riqueza rústica Amillarada, correspondiente al cuarto trimestre, también era de 91,37 pesetas.



En 1949 le tocaba el turno al de la “Contribución Territorial” relativo al registro fiscal de edificios y solares, del cuarto trimestre del año, cuyo coste ascendía a 238,66 pesetas.



Y por fin, el último, era el de 1950 y correspondía a la “Contribución Territorial” relativa al registro fiscal de edificios y solares, del tercer trimestre del año, cuyo coste ascendió a 264,46 pesetas.


Todos estos y alguno más eran algunos de los gravámenes, que por vivir en Getxo y poseer alguna propiedad, tenían que pagar nuestros vecinos, aunque seguro que ya entonces había algún acomodado contribuyente que evadía sus impuestos.

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