Las
Tasas, esos impuestos tan poco agraciados, que los ciudadanos vemos
muchas veces llegar sin que seamos capaces de entender, más allá
del precio fijado en el recibo. A lo largo de los años han ido
cambiando de formato, y qué decir del importe, algunos ya casi
olvidados, podemos conocerlos gracias a que, alguien guardaba en un
cajón con gran celo esos documentos que el fisco local te ha
enviado. ¿Quién sabe si para asegurarse de nadie discutiera que
esas propiedades eran suyas?.
Los
modelos de los documentos de pagos por Contribuciones Rústicas,
Urbanas, tasas de alcantarillado, plagas del campo, Cámara Agraria,
Cámara de la Propiedad. Alguna de curioso nombre como la “Riqueza
Rustica Amillarada”,
que era un impuesto a la relación de los dueños o usufructuarios de
bienes inmuebles y ganadería que hubiera en cada municipio. Eran
con, todos esos y otros “nombres”, los que asaltaban nuestros
recaudadores a los vecinos de Getxo a mediados del Siglo XX.
Pero
no es el objeto de esta entrada hacer una crítica del cobro de
impuestos, si no ver como eran aquellos ya desaparecidos recibos, que
algunos de forma trimestral llegaban a algunos hogares, y que seguro
no eran recibidos con gran entusiasmo. El interés radica en que ya
han transcurrido más de 70 años de la emisión de los mismos.
Obviamente he quitado el nombre de los recibos, porque no aporta nada
de interés el conocer sus destinatarios, pero sí decir que
corresponden al área geográfica de Andra Mari (Getxo). Recibos a
los que el inquisidor de turno añadía, por si alguien no recordaba
quien había ganado la guerra, el sello azul de !Arriba España!.
El
más antiguo de 1943
de esta serie es el correspondiente a “Servicio
de Plagas del Campo”
por el que se pagaba 0,25 pesetas y venía expedido desde Bilbao.
Le
seguía otro de 1944 correspondiente a “Contribución
Territorial de la Riqueza Urbana”,
correspondiente al cuarto trimestre del año, por el que se abonaban
161,25 pesetas.
Otros
como este de 1945 de la “Cámara
de la Propiedad Urbana de Guecho”,
correspondiente al segundo semestre del año, ascendía a 29,50
pesetas.
El
recibo de curioso nombre “Riqueza
Rústica Amillarada”
de 1946, correspondiente al cuarto trimestre del año, suponía una
tasa de 72,98 pesetas.
El
siguiente recibo de 1947, correspondía a la “Contribución
Territorial”
relativo al registro fiscal de edificios y solares, del cuarto
trimestre del año, cuyo coste ascendía a 232,20 pesetas.
El
de 1948 correspondiente a la “Contribución
Territorial”
de la riqueza rústica amarillada, del tercer trimestre del año,
venía cargado con 91,37 pesetas.
El
de 1948 de la “Contribución
Territorial”
de la riqueza rústica Amillarada, correspondiente al primer
trimestre, era de 91,37 pesetas.
El
de 1949, de la “Contribución
Territorial”
de la riqueza rústica Amillarada, correspondiente al cuarto
trimestre, también era de 91,37 pesetas.
En
1949 le tocaba el turno al de la “Contribución
Territorial”
relativo al registro fiscal de edificios y solares, del cuarto
trimestre del año, cuyo coste ascendía a 238,66 pesetas.
Y
por fin, el último, era el de 1950 y correspondía a la
“Contribución
Territorial”
relativa al registro fiscal de edificios y solares, del tercer
trimestre del año, cuyo coste ascendió a 264,46 pesetas.
Todos
estos y alguno más eran algunos de los gravámenes, que por vivir en
Getxo y poseer alguna propiedad, tenían que pagar nuestros vecinos,
aunque seguro que ya entonces había algún acomodado contribuyente
que evadía sus impuestos.
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