En la entrada anterior veíamos
cómo se
trataba sobre una instancia remitida por el Director de la Compañía del
Tranvía de Bilbao a Las Arenas y Algorta al Ayuntamiento de Getxo para la
apertura de un nuevo ramal en Las Arenas.
En el transcurso del pleno del
31 de agosto de 1893 el Ayuntamiento de
Getxo, presidido por el Alcalde D. Santiago Diliz, trataba sobre temas de
interés municipal: “…En primer lugar se dio cuenta
de un oficio del Juez Municipal, participando haber sido nombrado como alguacil
de dicho juzgado a D. Manuel Fernández Blanco, quien había tomado posesión del
cargo el pasado día 21 de agosto…”
Otro de los temas de interés
para el municipio era la supresión de algunos destinos postales y las labores
de los correos peatones: “…Se da cuenta de una circular
publicada por el Administrador de Correos de Vizcaya, publicada en el Boletín
Oficial del 26 del actual, suprimiendo
varias carterías y destinos de peatones. El Ayuntamiento decide nombrar una
Comisión con el fin de acercarse a dicho funcionario sobre los citados destinos…”
En el mismo pleno se recibía
una instancia de uno de los artífices de gran parte de las obras de relieve de
la época: “…Se da cuenta de una instancia de D. Francisco Ciriaco de Menchaca vecino de
esta Anteiglesia, en la que expone por vía de queja que es el único vecino en
esta que tiene título académico para proyectar y dirigir edificios, medir y
valorara fincas y que sin su intervención se han hecho las Ordenanzas de
edificación del Municipio, contrariando el sentido del artículo 66 de la Ley
Municipal. Por lo que suplica se le expida copia testimoniada de dichas
ordenanzas y de los acuerdos relacionados con ella…” El Consistorio de Getxo decidía: “…Se manifieste al
expresado Sr. Menchaca lo siguiente, que el artículo mencionado no tiene nada
que ver con las Ordenanzas Municipales. Que siendo atribución exclusiva de esta
Corporación la formación de las Ordenanzas, las formuló obteniendo datos al
efecto. Que si el exponente desea alguna copia de ciertos documentos obrantes
en la Secretaría o Archivo la pida y se resolverá lo que proceda…” Cómo persona ilustre, que a lo largo de esta serie he nombrado en muchas
ocasiones, deseo dejar una referencia a este personaje: Dionisio Francisco
Antonio de Menchaca Gangoiti, que ese fue su nombre completo según los registro
sacramentales, nació el 6 de abril de 1850 en Laukiniz; fue hijo de José
Agustín Menchaca Gana y de Josefa Gangoiti Elguezabal, ambos naturales de
Laukiniz. Casó con la Elorriotarra María Concepción Trinidad Pía Urquizu
Zorrilla el 19 de septiembre de 1891 en Elorrio. Fue un maestro de obras que
ejerció como arquitecto municipal de Getxo, autor de gran número de edificios
públicos y de viviendas durante las décadas de 1880 y 1890, en un Getxo que
estaba empezando a crecer. Entre las edificaciones por el proyectadas y
ejecutadas se encuentran la de Felipa Bustingorri en Areeta-Las Arenas y la de
Miguel Bautista Urresti, en Algorta; aunque quizá la más conocida y actualmente
existente sea la llamada “Casa Encantada” o “Casa Rosada” de la Avenida
Basagoiti de Algorta.
También en el mismo pleno se
informaba de la petición de varios vecinos: “…Domiciliados en esta
para celebrar una reunión, bajo esta Casa Consistorial, el día 3 de septiembre
próximo a las tres de la tarde, con el fin de instalar en esta localidad una
clase nocturna de dibujo lineal…” El Ayuntamiento accedió a
aquella petición.
Las necesidades del suministro
de agua potable alcanzaron en agosto de
Entre los pagos aceptados por
el Ayuntamiento en aquel pleno figuraban: “…Al herrero D. Isidro
Inchaurtieta 36,25 pesetas por dos palomillas de hierro con un peso de
Y como ya estábamos en la
época en que los baserritarras necesitaban de la recogida de argomas para sus
huertos y las camas del ganado, el Ayuntamiento sacaba el correspondiente
bando: “…Por indicación del regidor D. Juan José Camiruaga se comunica que para
el corte y aprovechamiento de la argoma
gratis por el vecindario, según costumbre, en los montes comunales de la Galea,
Baserri y Aiboa o canteras, se fija al público en los sitios de costumbre,
bandos del tenor siguiente:
“…Siendo libre el corte
de la argoma de los montes comunales de este término municipal, según acuerdos
tomados por el Ayuntamiento en sesiones del 27 de septiembre y 4 de octubre de
1883, quedan autorizados los vecinos para su corte bajo las siguientes
condiciones:
El corte de argoma en
el monte de la Galea empezará el día 18 de septiembre terminado el 27 del mismo
mes, concediéndose otros diez días para su acarreo.
En los montes de
Baserri y Aiboa comenzaran el mismo día terminando el 17 de octubre. El corte
de la argoma principiará a las 6:30 de la mañana terminado a las 18:00 de la
tarde.
Cada vecino no podrá
poner más de una persona por día para dicho corte, ni pondrá más de 6 carradas,
que son de las que dispondrá durante esa época.
Si durante ese periodo de tiempo lloviera, se
suspenderá el corte, no iniciándose hasta que esta autoridad los indique.
Queda prohibido
terminantemente sacar tierra y recoger excrementos animales, tanto durante el
corte de la argoma, como durante el resto del año, en esos montes comunales.
Así mismo se prohíbe
hacer demarcaciones que indiquen preferencia para el corte de la argoma por
medio de círculos o fajas, también queda prohibida la corta en nombre de otra
persona o llevarla a domicilio.
Para garantizar el
cumplimiento de estas normas esta Alcaldía nombrará y autorizará a una persona
que presencie el corte de la argoma y reprima a quienes contravinieran dichas
normas.
Cualquier infracción
será castiga con multa en papel del Ayuntamiento de
En la próxima entrada de esta serie veremos cómo se
acordaba facilitar a D. Francisco Ciriaco de Menchaca, la documentación por él
solicitada, referida a las Ordenanzas Municipales.
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