miércoles, 6 de enero de 2021

ACONTECERES DEL ÚLTIMO CUARTO DEL SIGLO XIX EN GETXO -195-

 


En la entrada anterior veíamos cómo fueron la inauguración del Puente Bizkaia y las fiestas de Santa Ana de Las Arenas.


Acababa de comenzar su andadura el Puente que unía las dos orillas entre Las Arenas y Portugalete, y comenzó en la prensa bilbaína la crítica a sus precios abusivos. La barquilla que estaba pensada para dos clases sociales los pudientes que iban sentados y los humildes a quienes toba ir de píe. La concesión a la empresa del puente para su explotación obligaba a que se respetaran dos tarifas, en función de estas clases. El diario bilbaíno “El Nervión” en su edición del 1 de agosto de 1893 decía: “…El puente, hace pocos días inaugurado en Las Arenas, es sin duda una obra muy atrevida y que habiendo sido realizada en inmejorables condiciones de solidez, prestará grandes servicios al público proporcionándole un paso cómodo y seguro de una a otra margen de la ría. El éxito es merecido y vemos con satisfacción que una obra de tanto coste empiece desde el primer día a recompensar con largueza los sacrificios que hubo de hacer necesarios su construcción; pero si nos parece bien que el trabajo y e1 riesgo obtengan su retribución, nos parece muy mal que se abuse del público y valiéndose de subterfugios se falte a las condiciones en que se hizo la concesión de esa obra y se cobre más de lo debido a los que por ese puente pasan. Los precios de pasaje, según una de las cláusulas de la concesión, son de diez céntimos de peseta por persona, en primera clase, y cinco céntimos, en segunda. Como estos días es infinito el número de los que desean realizar el paso de un lado a otro de la ría, la Sociedad constructora ha hecho que, por lo menos en las tardes de los días festivos, solo se expendan billetes de primera clase consiguiendo con esto un aumento grande en la recaudación. Hay en el puente sitios destinados a los pasajeros de primera y otro que corresponde a los de segunda; pues no debe cobrarse diez céntimos a los que van de pie en este lugar de inferior clase…” Transcurridos tan solo cinco días desde su inauguración, informaba “El Noticiero Bilbaíno”: “…El Puente Palacio entre Las Arenas y Portugalete ha transportado de una orilla a otra 33.000 personas…”

 

Entre aquellos usuarios había algunos “pitarques” que no dudaban en dejar deudas en algunos comercios de Las Arenas, mientras que ostentosos, acudían a la playa acomodando sus ropajes en las casetas de baño. Encabezaba el diario con buen tino: “…El que tenga deudas que las pague presto. No vaya a ser que le ocurra lo que ayer a un joven en la playa de Las Arenas: Debía este a un comerciante cierta cantidad y como resultaran inútiles cuantos recados de atención le mandara el acreedor al deudor, para ver de cobrar su dinero, concibió una idea al verlo en la playa. ¡Tienes dinero para bañarte y divertirte, dijo, ¡eh!...pues lo que es de hoy, no pasa! Dicho y hecho, esperó a que saliera del agua y cuando lo tuvo cerca, se introdujo en la caseta y haciendo un lío con la camisa, la americana y las botas le dijo:  ¿Ves esto? pues bien, o me pagasen en el acto o regresas a Bilbao en traje de máscara. Cuantos ruegos dirigió el bañista deudor su acreedor fueron inútiles, e indudablemente hubiera cumplido este su decisión, si aquel ente él temor de verse perseguido por los chiquillos cuando se pusiera en marcha, no hubiera satisfecho la deuda…”

 


Al día siguiente, 2 de agosto de 1893, todavía continuaban llegando quejas de los precios abusivos de la Compañía del Puente Palacio. Por ello el diario anteriormente citado se decidía a publicar una lista de tarifas, a fin de que el público las conociera y se evitaran fraudes, además de las condiciones de viaje en función de dichas tarifas. El reglamento del servicio contenía entre otras las siguientes disposiciones:

 

Sobre el número de viajeros y el peso: “…El número de viajeros de todas clases que podrán ingresar en el trasbordador en cada viaje, no pasará de cien; cuando a la par deban pasarse mercancías o vehículos, el peso neto de estos se compulsará con el de los viajeros a fin de que el total no exceda de 10.000 kilogramos…”

Viajeros de primera clase: “…Se consideran viajeros de primera clase todos los que se colocan sobre las aceras o paseos que llevan bancos, así como los coches o vagones clasificados en primera…”

Viajeros de segunda clase: “…Se consideran de segunda clase los viajeros que se colocan en el centro del trasbordador y los cocheros de los vehículos de 2º clase…”

También se establecían las prioridades de viaje: “…Si se presentan más viajeros o mercancías de los que puedan ser trasportados en cualquier viaje, se dará la prioridad a los que paguen de primera clase…”

 

El cuadro de tarifas para viajeros y mercancías establecía los siguientes precios: “…Una persona a pie, a caballo o en coche, diez céntimos de peseta en primera clase y cinco en segunda.

Un bulto o maleta de 20 o 30 kilos, cinco céntimos.

Un caballo, mula, buey, vaca o asno, enganchados o sin enganchar, diez céntimos en primera y cinco en segunda.

Un becerro, puerco, carnero, oveja o cabrito, perro, etc., cinco céntimos.

Un coche de dos ruedas, sin tiro y sin cochero, cincuenta céntimos en primera y cuarenta en segunda.

Un coche vacío de cuatro ruedas, sin conductor y sin tiro, sesenta céntimos.

Por cada caballería o buey en vehículos cargados, treinta céntimos.

 Un vagón o tranvía vacío de cuatro ruedas, una peseta o sesenta céntimos.

Una máquina de vapor o artefacto cualquiera cuyo peso no exceda de diez toneladas, 3 pesetas.

Una carretilla de mano, velocípedo o pesos inferiores a 200 kilos, diez céntimos en primera y cinco en segunda.

Los precios establecidos serán aplicables durante todo el día hasta la caída del sol. De noche los precios serán dobles…”

 

Respecto a las condiciones para que se realizasen los viajes del transbordador, estas eran: “…Nadie podrá exigir que se verifique un viaje mientras no ascienda a cincuenta céntimos el producto del mismo. Habiendo cinco viajeros de primera o diez de segunda, se deberá iniciar el viaje…”

 


Finalizaba el artículo del diario diciendo: “…Con las tarifas y disposiciones que acabamos de copiar, saben nuestros lectores con respecto al servicio del puente de Las Arenas, casi tanto como la empresa constructora, y juzgamos que ese conocimiento no será vano, puesto que merced a él si los directores de ese servicio trataran de eludir el cumplimiento de su deber, el público podrá exigir se cumplan las condiciones aprobadas e impuestas por real orden. Parece que el señor Gobernador va a oficiar a la empresa explotadora del nuevo puente entre Portugalete y Las Arenas para que se observen con toda regularidad las tarifas aprobadas por aquella autoridad.…”

 

En la próxima entrada de esta serie veremos el resultado del sorteo de los Asociados para la Junta Municipal del año económico de 1893-1894.

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