En
esta entrada finaliza
esta serie, en ella veremos,
entre
otras cosas, como
se convocaban los plenos y recaudaban los arbitrios.
Según
relataban en noviembre de 1873, la forma de convocatoria vecinal a
los plenos se realizaba: “...previo
aviso a los domicilios y a son de campana tañida en el salón de la
casa Consistorial, según uso y costumbre foral...”
Ya desde 1860 hasta 1928 las reuniones se celebraron en el
Ayuntamiento situado en la Plaza de San Nikolas. Precisamente, y
volviendo a las demandas de las fuerzas armadas, el 17 de noviembre
del año 1873, el Consistorio trataba en un pleno sobre un oficio
remitido por el Almacenero del distrito militar de Munguia, en el
cual se indicaba: “...se
ordena la remisión al mismo de 3.588 raciones de pan de primera, las
cuales incluirán un cuartillo de vino y libra de carne; y para la
caballería 1.816 libras de maíz, 450 libras de salvado, 73 arrobas
de paja y 18 libras de velas…”
El Ayuntamiento solicitaba que de las mismas fueran descontadas las:
“...raciones
suministradas en la última semana a la fuerza que ha permanecido en
esta Anteiglesia...”
Aquellas raciones habían sido suministradas por el Regidor D.
Robustiano de Larrondo y el vecino de Getxo D. Juan José de Ibatao.
No fue esta la única demanda de las partidas armadas, ya que el
Comandante de Armas de Sondica exigía la entrega en Erandio de:
“...240
reales y 16 celemines de habas y pienso de caballo para ocho días
antes de las dos de la tarde de ese día...”
Los
arbitrios era otra de las preocupaciones de nuestros ediles. Las
condiciones de los remates en noviembre de 1873: “...de
vinos, aguardientes, chacolis y otros líquidos, además de las
carnes frescas, se realizaban en dos bodegas de la taberna de
Echebarria en Las Arenas...”
La graduación de los aguardientes quedaba al criterio de los
vendedores, eso si, se advertía que: “...deben
de ser de buena calidad, y no dañar la salud pública, no debiendo
el aguardiente bajar de 19 grados. Siendo el precio base de partida
de 78.000 reales...”
Para el precio de la carne también se fijaba el precio de partida,
el cual debía de ser de: “...como
en el presente año, y también para el próximo durante todo el año,
para veinte cuartos será de 24.000 reales...”
Quedaba clara la intervención municipal en la fijación de precios.
Y
la guerra seguía creando conflictos, que afectaban a ambas márgenes
de la ría. El 11 de diciembre de 1873 llegaba una orden del Jefe de
Distrito de Munguia D. Sebastián de Gorordo, por la que se hacía
saber que: “...se
prohíbe en absoluto el paso de la parte de acá de la ría a la de
la rebelde Villa de Portugalete, al barquero D. Antonio de
Mendieta...”
Sin embargo el consistorio decidió que no entraba dentro sus
atribuciones el establecer aquella prohibición, y echando balones
fuera, dejaba al criterio del barquero la decisión. Otro de los
asuntos afectados fue el correo, el administrador de la cartería de
Munguia comunicaba que: “...desde
ayer, desde Munguia se conduce el correo para Francia, Navarra, Álava
y Guipuzcoa, pudiendo pasar una persona de su pueblo a recoger o
llevar la correspondencia...”
Terminaba
el año con la prohibición de extraer arenas y césped de la vegas,
ya que según una queja presentada por D. José Ramón de Urresti,
quedaban las vegas, al extraer la capa de césped, decía en la
misma: “...se
produce un daño notable a la propiedad comunal, en las arenas y
vegas de esta jurisdicción, ya que algunos se dedican a arrancar el
césped dejando el terreno estéril...”
El Ayuntamiento acordaba la prohibición ya que se dañaban los
pastos comunales.
En
las próximas entradas continuaré con un paseo a lo largo del último
cuarto del Siglo XIX, viendo algunos de los aconteceres de aquellos
días, que a nuestros vecinos creaban no pocos sinsabores y a veces
alguna alegría.
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