En
la anterior entrada veíamos cómo se hablaba de que ya era un hecho
la pronta creación de la Compañía de Ferrocarril de Las Arenas a
Algorta y Plencia.
El
25 de septiembre se leía en el pleno municipal una circular del
Presidente de la Junta Provincial del Censo Electoral de Vizcaya
relativa al censo de Getxo: “...Se
ordena que la Junta Electoral del Censo de Guecho se ocupe
activamente en formar el anteproyecto de división del termino
municipal en secciones de 500 electores para antes del 10 de octubre
próximo, El consistorio para dar cumplimiento a dicha orden decidía
convocara la Junta del Censo y autorizar a su Presidente para
proporcionar escribientes temporeros para activar dichos trabajos...”
Uno de esos escribientes fue D. Luciano Sarria, quien cobró por un
trabajo de seis días y medio 19,50 pesetas.
La
línea del tranvía entre Las Arenas y la Avanzada estaba teniendo
mejoras en su trazado, dentro de ellas en un ancho de 8,5 metros, la
vía ocupaba 1,5 metros dejando a sus lados dos paseos de 2 metros y
un talud. Entre las razones que el Ayuntamiento ponía como
favorables para la población está el hecho de que: “...Un
zona hasta este momento intransitable se convertirá en un cómodo
paseo para los transeúntes. Además la zona de concesión seguirá
gozando de la actual carretera por la que transitan todos los
vehículos y caballerías…”
También
el acceso al cementerio de San Nicolás de Algorta (Campa del Muerto)
veía cambios. El puente que hasta entonces permitía el acceso iba a
ser eliminado, realizando un paso más cómodo.
Algunos
acaudalados vecinos de Las Arenas: Landecho, Aguirre y Chavarri y
otros, solicitaban a través del contratista D. Miguel Uria para
realizar mejoras en sus calles, así como para realizar aceras frente
a sus propiedades.
El
día 27 de septiembre de 1890 el Boletín Oficial de la Provincia
publicaba un edicto del Gobierno Civil: “...Se
hace saber que por la “Sociedad M. A. de Palacio y compañía”,
domiciliada en esta capital, concesionaria de la autorización de la
Real Orden del 12 de febrero de 1890 a D. Alberto Palacio, para la
construcción de un puente colgante de vehículo movible, entre Las
Arenas y Portugalete, se ha solicitado la declaración de utilidad
pública...”
Se le concedía el plazo de 20 días para la admisión de
reclamaciones por la alcaldía de Getxo.
En
vista de la escasez de agua (había sido un verano muy cálido) se
decidía cortar el suministro de agua a algunos industriales de la
localidad Sres. Uria y Larrondo, para poder dar servicio al resto de
la población, mientras se efectuaban trabajos para aumentar el
suministro de aguas en los montes de Berango.
A
comienzos de octubre de 1890, se conjuraron la Compañía del tranvía
y algún alma caritativa de Las Arenas para agasajar a los niños del
Asilo de San Mames de Bilbao: “...Los
niños y niñas del Asilo de San Mames, invitados por la Compañía
del Tranvía de Bilbao a Las Arenas, han verificado una gira a este
último punto, siendo obsequiados con pan, queso y frutas por una
señora caritativa que habita en uno de los hoteles de aquella
pintoresca playa...”
En
octubre de 1890 la Taberna del Ángel de Getxo era habitada por D.
Román Larandegoitia.
El
16 de octubre de 1890 se autorizaba a la construcción de una pequeña
fuente pública para el barrio de Zubilletas. Los vecinos no
disfrutaban de agua corriente en sus casa, y su construcción modesta
estaba hecha mediante ladrillo y cal hidráulica, que daba paso a un
pequeño tubo que terminaba en un grifo con una llave de presión, la
cual permitía cortar el paso del agua. La misma iba a tomar las
aguas de la conducción que desde los montes de Berango surtía al
barrio de Algorta, con la obligación de que: “...Los
vecinos deberán cuidar la misma cerrando su grifo tras su uso, y que
nadie pueda lavar las ropas, hacer arenaduras, ni beber en la misma
los animales...”
Había
pasado largo tiempo desde que en junio de 1890 dimitiera el alguacil
tamborilero del barrio de Las Arenas, D. Eusebio Uriona. Y todavía
en octubre de 1890 el Ayuntamiento andaba creando una comisión para
que propusiera las condiciones para contratar dicho servicio para lo
que decidían que el sueldo de quien cubriera la plaza debía de ser
el mismo que en del que había causado baja: 912 pesetas anuales.
Por
otro lado, a la novillada que se había celebrado en Algorta el 14 de
septiembre le faltaba algo por cerrar, y es que aún no se había
satisfecho al Asilo ni al consistorio los dineros recaudados, que
como decían en aquella fecha eran para socorrer a los pobres de
solemnidad del Santo Hospital. El 16 de octubre de 1890 el
Ayuntamiento reclamaba a D. Felix Viot, uno de los socios de aquella
plaza: “...Que
presentara las cuentas de resultados de la corrida de becerros...”
Finalmente el 8 de noviembre de 1890 D. Felix Viot enviaba un escrito
al consistorio en el que expresaba lo siguiente: “...Que
en la mente de los organizadores de aquella corrida, estaba que el
producto bruto de la misma fuera para los pobres de la localidad y no
para el Hospital, por lo que solicitamos que las 141,70 pesetas que
se obtuvieron, descontando los gastos, tenga a bien esa corporación
repartirlas entre los pobres de la localidad...”
Al
organista D. Pablo Mugica se le abonaron 85 pesetas por las funciones
músico-religiosas celebradas en las iglesias de San Nicolás de
Algorta, Santa María de Getxo y Las Mercedes en Las Arenas.
El
23 de octubre de 1890, ante la epidemia de viruela que había asolado
algunos pueblos del estado, el Gobernador de la Provincia enviaba una
circular al Ayuntamiento de Getxo dando cuenta de la remitida a la
prensa el 21 de ese mismo mes para prevenir en nuestros pueblos dicha
enfermedad. En la misma decía: “…La
salud pública en nuestros pueblos es inmejorable, pero con objeto de
prevenir la aparición de la epidemia variolosa en nuestra
provincia, sabidos los estragos que está causando en algunos, poco
afortunados, pueblos de España, y por si llegara a presentarse en
esta provincia, lo cual no es de temer, el Gobernador ha creído
conveniente decretar las siguientes medidas: 1ª) Al recibir la
presente circular, los Alcaldes convocarán a al Juntas Municipales
de Sanidad y les dará cuenta de ella, para que con toda premura
pueda aislarse si apareciera algún caso. 2º Dar conocimiento a este
gobierno de haber tomado las medidas que el presente caso requiere.
3º Que si se presentara algún caso se dé conocimiento al Alcalde
del nombre y casa del enfermo, y de los responsables de mantener
aislado al enfermo y a los cuidadores. Informando diariamente, al
Gobierno Civil, del estado del enfermo y de si se produjera algún
nuevo caso de contagio…”
También aconsejaban: “...Que
tratándose de la epidemia variolosa, se hace saber que la mejor
medida a adoptar es la vacunación...”
El Ayuntamiento de Getxo acordaba reunir a la Junta Municipal de
Sanidad en al Casa Consistorial para tratar sobre dicha nota.
El
30 de octubre de 1890, a petición del Gobierno Civil, el
Ayuntamiento de Getxo acordaba: “...Que
a la construcción de un Puente Colgante con vehículo movible en la
ría entre Portugalete y Las Arenas de Guecho que pretende construir
la Sociedad de Mr. Alberto Palacio, se otorgue la declaración de
utilidad pública...”
A
finales de octubre de 1890, dos eran los temas que preocupaban en
Bizkaia, y que la prensa local “El Noticiero Bilbaíno” llevaba
de forma destacada a sus paginas, “La
Reforma Arancelaria”
de la que se decía: “...Todo
cuanto se refiere a los aranceles y los tratados de comercio reviste
en los actuales momentos excepcional interés. Por
eso hemos procurado dedicar a estos dos importantísimos asuntos toda
al atención que merecen. Que el régimen que sería conveniente
aplicar al comercio y a la navegación entre la península y las
provincias y posesiones de ultramar es el de cabotaje. Recomendar a
S.M. suprima de la Ley de alcoholes el impuesto que pesa sobre el
aguardiente de caña; la conveniencia de imponer en el comercio con
nuestras provincias de ultramar marcas de fábrica y certificados de
producción a las mercancías peninsulares de ultramar acreditando su
procedencia española. Establecer un gravamen a los buques de otros
pabellones que lleguen a nuestras aguas con dichas mercancías.
Proteger los productos procedentes de Filipinas restableciendo los
suprimidos derechos diferenciales de procedencia. Restablecer el
régimen de recargo a los de otra procedencia…”
Y
el otro asunto era el que denominaban “La troncalidad”. Decían:
“...Ante
el fabuloso desarrollo que de algunos años a esta parte tiene en
Vizcaya la riqueza urbana e industrial, debido principalmente a la
prosperidad creciente de grandes empresa establecidas en el antiguo
“Infanzonado”, establecer cual es el auténtico sentido y la
recta inteligencia jurídica de la Antiguas Leyes del Fuero de
Vizcaya que limitan la facultad de disponer de bienes raíces sitos
en el Infanzonado. Movidos por el deseo de esclarecer tan grave
asunto publicamos hoy tan notable estudio jurídico, en el cual se
hace un estudio comparativo de la antigua legislación de Castilla y
del Fuero de Vizcaya…”
A lo largo de aquel estudio trataban sobre la distinción entre
trasmisiones a titulo gratuito y oneroso, en el se hablaba sobre “El
retracto gentilicio”: “...Que
según el fuero Real procedía únicamente de los bienes raíces
pertenecientes al abolengo común del que vende y el que retrae, por
lo que era indispensable que el dueño de la raíz, que trataba de
enajenarla, la hubiera recibido en herencia...”.
De la transmisión de bienes a título gratuito, de los herederos
forzosos, descendientes y ascendientes: “...Que
mientras en Castilla el testador, salvo que hubiera desheredado,
tenía que respetar los derechos de todos los herederos forzosos; en
Vizcaya el fuero no determinaba las personas a las que habían de
pasar los bienes raíces, limitándose a designar un grupo de
parientes, dentro del cual el testador tenía que elegir forzosamente
un heredero directo...”.
De las diferencias en el Fuero de Vizcaya, que trataban sobre el
derecho de tanteo y las que determinaban quienes eran los herederos
forzosos, así como otros aspectos de aquel Fuero.
En
la próxima entrada de esta serie veremos cómo algunos coches del
tranvía y sus caballerías circulaban al galope por algunos tramos
de Algorta, lo cual incomodaba a los vecinos.
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